Palacio Legislativo 11-02-2014 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad y en sus términos una minuta que envió el Senado y que reforma la Ley del Infonavit para garantizar la portabilidad de los recursos de la subcuenta de vivienda a los trabajadores que cambien de sistema de seguridad social. El documento fue aprobado por 430 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones y se turna al Ejecutivo federal para su promulgación. El dictamen adiciona el artÃculo 43 Ter a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, (Infonavit) y surge de una iniciativa que presentaron en 2011 los entonces senadores Ricardo Fidel Pacheco RodrÃguez (PRI), Jaime Rafael DÃaz Ochoa (PAN) y Ãngel Alonso DÃaz Caneja (PAN). Establece que el Infonavit podrá celebrar convenios con diversas instituciones de seguridad social para definir los procedimientos de transferencia de las aportaciones acumuladas en la subcuenta de vivienda de los trabajadores que por cuestiones laborales o de contratación cambien de sistema. También señala que los trabajadores que obtengan un crédito de vivienda bajo el régimen de otros institutos de seguridad social, o del Infonavit, que tengan recursos acumulados por concepto de vivienda, en su cuenta individual podrán solicitar que se acumulen para aplicarse como pago inicial de su crédito. Asimismo, precisa que las aportaciones sucesivas a cualquiera de los institutos sean destinadas a reducir el saldo insoluto a cargo del propio trabajador. El documento también establece que en caso de que los trabajadores se encuentren amortizando un crédito de vivienda otorgado por el Infonavit o por otro de seguridad social, y que por establecer una nueva relación laboral cambien de régimen de seguridad social, deberán seguir utilizando sus aportaciones de vivienda para el pago del crédito correspondiente. La Comisión de Vivienda, que elaboró el dictamen de la minuta del Senado, señaló la necesidad de dar certidumbre jurÃdica a los trabajadores que, al cambiar de régimen de seguridad social, no cuentan con el mecanismo o medio jurÃdico para utilizar sus fondos de vivienda al momento de querer adquirir un crédito. YRE/JGM |