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Nota N°. 5881 Iniciativa de ley reglamentaria en materia de competencia econ贸mica regula mercados econ贸micos y sanciona pr谩cticas monop贸licas, en beneficio de consumidores

 

Palacio Legislativo, 20-02-2014 (Notilegis).- La iniciativa de ley reglamentaria en materia de competencia econ贸mica que remiti贸 ayer mi茅rcoles el Ejecutivo federal tiene como objeto la regulaci贸n de los mercados econ贸micos, a fin de sancionar las pr谩cticas monop贸licas en beneficio de los consumidores.

 

La propuesta plantea expedir la Ley Federal de Competencia Econ贸mica y reformar el art铆culo 254 Bis del C贸digo Penal Federal.

 

La nueva ley de competencia econ贸mica contiene 130 art铆culos y es reglamentaria del art铆culo 28 constitucional, en materia de libre concurrencia, competencia econ贸mica, monopolios y concentraciones il铆citas.

 

El documento establece que el Pleno de la Comisi贸n Federal de Competencia Econ贸mica (Cofece) es un 贸rgano aut贸nomo y estar谩 integrado por siete comisionados designados por el Ejecutivo federal, con la ratificaci贸n del Senado.

 

La Cofece garantizar谩 la libre concurrencia y la competencia econ贸mica, y podr谩 prevenir, investigar, combatir, castigar, eliminar los monopolios, barreras de libre concurrencia para el funcionamiento eficiente de los mercados.

 

Sus resoluciones s贸lo podr谩n ser objetadas por las empresas mediante amparo directo, sin que esto implique la suspensi贸n del acto reclamado, como se estableci贸 para las empresas del sector de telecomunicaciones en la reforma constitucional en la materia, promulgada en junio pasado.

 

Los comisionados podr谩n ser removidos de sus cargos cuando traten asuntos de su competencia con personas que representen los intereses de agentes econ贸micos, fuera de los casos previstos en la ley.

 

Los agentes econ贸micos son definidos como las personas f铆sicas o morales, con o sin fines de lucro, dependencias y entidades de la administraci贸n p煤blica federal, estatal o municipal, asociaciones, c谩maras empresariales, agrupaciones de profesionistas, fideicomisos, o cualquier forma de participaci贸n en la actividad econ贸mica.

 

Concluido su encargo, los comisionados no podr谩n desempe帽arse como consejeros, directivos o representantes de un agente econ贸mico que haya estado sujeto a un procedimiento por la Cofece, por un plazo equivalente a una tercera parte del tiempo que ejercieron su funci贸n.

 

El comisionado presidente deber谩 comparecer anualmente ante la C谩mara de Senadores y presentar ante los Poderes Ejecutivo y Legislativo el programa anual de trabajo, as铆 como un informe trimestral de los avances de sus actividades.

 

Las decisiones de los comisionados ser谩n tomadas previa deliberaci贸n colegiada, con mayor铆a simple, con excepci贸n de aqu茅llas que requieran una mayor铆a calificada.

 

Las sesiones ser谩n de car谩cter p煤blico, salvo en las que se traten temas con informaci贸n confidencial.

 

La Cofece podr谩 imponer multas y otras medidas punitivas a los agentes econ贸micos que infrinjan las normas de competencia econ贸mica, incurriendo en pr谩cticas monop贸licas o de concentraci贸n il铆cita.

 

La iniciativa propone la creaci贸n de una Contralor铆a, la cual contar谩 con autonom铆a t茅cnica y tendr谩 a su cargo la fiscalizaci贸n de los ingresos y egresos de la Cofece.

 

Su titular ser谩 designado por la C谩mara de Diputados, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, durar谩 en su encargo cuatro a帽os y podr谩 ser reelecto una sola vez.

 

La reforma al C贸digo Penal Federal tiene como prop贸sito aumentar las penas a los delitos de pr谩cticas monop贸licas absolutas, de cinco a 10 a帽os de prisi贸n y de mil a 10 mil d铆as multa, equipar谩ndolas con las m谩s altas para delitos patrimoniales y con est谩ndares internacionales.

 

Lo anterior, a fin de propiciar la libre concurrencia y competencia econ贸mica, eliminando los tratos discriminatorios y el establecimiento 鈥渄esproporcionado y caprichoso鈥 de precios en el mercado en los diversos bienes y servicios.

 

El documento vigente establec铆a penas de tres a 10 a帽os de prisi贸n y multas de mil a tres mil d铆as.

 

AMR/OAA/JGM

 
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