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Nota N°. 6249 Reforman diputados Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para evitar suspensión de seguros, prestaciones y servicios

Palacio Legislativo, 20-03-2014 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó reformar la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para que no se suspendan los seguros, prestaciones y servicios en caso de que alguna entidad incumpla con el entero de cuotas, aportaciones y descuentos.

El dictamen fue aprobado por unanimidad, con 386 votos a favor, surge de una iniciativa que presentó en octubre de 2013 la diputada María Sanjuana Cerda Franco (NA), reforma el artículo 25 de esa ley y se turna al Senado para su análisis y eventual aprobación.

El artículo 25 establece que “en caso de que alguna dependencia o entidad incumpla por más de seis meses en el entero de las cuotas, aportaciones y descuentos previstos por esta ley, el instituto estará obligado a hacer público el adeudo correspondienteâ€.

Con esta reforma se agrega que “en ningún caso el instituto podrá suspender, parcial o totalmente, los seguros, prestaciones y servicios que está obligado a prestarâ€.

La diputada Cerda Franco alude que la seguridad social es el principal instrumento que las sociedades han desarrollado para mejorar las condiciones de vida de los trabajadores y sus familias.

Asimismo, que el Estado es el responsable de garantizar los derechos de seguridad social e incorporar en su organización y financiamiento a los distintos actores sociales involucrados.

Menciona que la seguridad social se realiza a través de diversos mecanismos como seguros, servicios de salud, que permiten al trabajador y a sus familiares contar con una red de protección social en situaciones de enfermedad, accidentes, vejez, retiro o muerte.

En el caso de los trabajadores al servicio del Estado, los derechos de seguridad social adquieren una connotación especial, dado que los patrones son directamente entidades y dependencias públicas, que forman parte de la estructura administrativa estatal.

JGM

 
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