Palacio Legislativo 08-04-2014 (Notilegis).- La C谩mara de Diputados aval贸 una minuta del Senado con el fin de que investigaciones y contenidos acad茅micos cient铆ficos, tecnol贸gicos, de investigaci贸n o innovaci贸n, cuenten con mayor difusi贸n para la poblaci贸n en general, a trav茅s de plataformas de acceso abierto. El Pleno aprob贸 por unanimidad, con 431 votos a favor, el dictamen que reforma las leyes de Ciencia y Tecnolog铆a; la General de Educaci贸n y la Org谩nica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnolog铆a (Conacyt), y se turna al Ejecutivo para su promulgaci贸n. En las modificaciones a la Ley de Ciencia y Tecnolog铆a, se establece como principio para la integraci贸n de pol铆ticas p煤blicas en materia cient铆fica y tecnol贸gica, la diseminaci贸n o transmisi贸n, de los contenidos cient铆ficos, acad茅micos, de investigaci贸n e innovaci贸n, mediante el uso de plataformas de acceso abierto. Se faculta al Conacyt para el dise帽o y ejecuci贸n de estrategias que tengan como objetivo democratizar el acceso abierto y el acceso a la informaci贸n cient铆fica, tecnol贸gica y de innovaci贸n, con el fin de que el conocimiento universal est茅 disponible a la poblaci贸n en general. Asimismo, le otorga atribuciones para promover y consolidar el acceso a la investigaci贸n cient铆fica, tecnol贸gica de calidad. Tambi茅n tiene como objetivo establecer en la ley conceptos de 鈥淎cceso Abierto鈥 y 鈥淎cceso a recursos de Informaci贸n Cient铆fica y Tecnol贸gica de Calidad鈥. Precisa que por 鈥淎cceso Abierto鈥 se entender谩 la v铆a a trav茅s de una plataforma digital y sin requerimientos de suscripci贸n, registro o pago, a las investigaciones, materiales educativos, acad茅micos, cient铆ficos, tecnol贸gicos y de innovaci贸n, financiados con recursos p煤blicos. El t茅rmino 鈥淎cceso a Recursos de Informaci贸n Cient铆fica y Tecnol贸gica de Calidad鈥, comprender谩 el conjunto de t茅cnicas utilizadas para categorizar y acceder de manera libre, al texto completo de publicaciones reconocidas por los sectores de ciencia, tecnolog铆a e innovaci贸n. Conjuntamente con las reformas aprobadas se crean y establecen las bases de operaci贸n de un 鈥淩epositorio Nacional de Acceso Abierto鈥, y se fijan las bases para su operaci贸n y coordinaci贸n. Indica que se definir谩 como 鈥淩epositorio鈥 la plataforma digital centralizada que con est谩ndares internacionales, almacena, mantiene y preserva informaci贸n cient铆fica, tecnol贸gica y de innovaci贸n, la cual se deriva de las investigaciones, productos educativos y acad茅micos. Asimismo, precisa que como 鈥淩epositorio Nacional鈥, se entender谩 la plataforma de acceso abierto a recursos de informaci贸n cient铆fica, tecnol贸gica y de innovaci贸n, de calidad e inter茅s social y cultural. Se帽ala que los investigadores, tecn贸logos, acad茅micos, y estudiantes de posgrado cuyas investigaciones sean financiadas con recursos p煤blicos tendr谩n la posibilidad de depositar una copia de dicha investigaci贸n para su publicaci贸n en Acceso Abierto a trav茅s del Repositorio Nacional. En la Ley General de Educaci贸n se establece como atribuci贸n concurrente de las autoridades educativas federal y local, la promoci贸n del Acceso Abierto a investigaciones cient铆ficas, tecnol贸gicas y de innovaci贸n. Lo anterior cuando las mismas hayan sido financiadas con recursos p煤blicos, sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual correspondientes o que por raz贸n de su naturaleza o decisi贸n del autor deban reservarse. Prev茅 en la Ley Org谩nica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnolog铆a la facultad del Conacyt para promover y fortalecer los Repositorios, as铆 como para emitir los lineamientos correspondientes para su funcionamiento y coordinaci贸n. En sus art铆culos transitorios precisa que el Conacyt expedir谩 en un plazo de 180 d铆as siguientes a la entrada en vigor, los lineamientos y disposiciones correspondientes para el funcionamiento del Repositorio Nacional. Adem谩s de que contar谩 con un plazo no mayor a 18 meses a partir de la expedici贸n de los lineamientos y disposiciones correspondientes para capacitar, convocar, organizar y coordinar a las instituciones e instancias en materia de acceso abierto, diseminaci贸n de la informaci贸n y funcionamiento del Repositorio Nacional. Especifica que el Consejo dentro de su presupuesto anual, prever谩 los recursos necesarios para la creaci贸n, impulso y fortalecimiento de las plataformas tecnol贸gicas. YRE/JGM |