25 de abril 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Abril 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Nota N°. 6631 Aprueban diputados crear glosario jurídico de “lengua de señas mexicanaâ€, que sirva como herramienta legal a personas con discapacidad auditiva o de locución

 

Palacio Legislativo, 24-04-2014 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 389 votos a favor, un dictamen que reforma la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en el que se establece la creación de un glosario jurídico de la “Lengua de señas mexicanaâ€.

 

Este glosario debe servir como herramienta legal a personas con discapacidad auditiva o de locución, a fin de garantizar certeza jurídica y efectiva impartición de justicia a quienes se involucren como partes o víctimas en un proceso.

 

También contempla que, en procesos legales en los que las personas tengan alguna discapacidad auditiva o de locución, se les proporcione el apoyo de un intérprete en “lenguaje de señas mexicanoâ€.

 

El dictamen adiciona un segundo párrafo al artículo 29 de Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y reforma el párrafo quinto y adiciona un párrafo sexto al artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

 

Surge de una iniciativa que presentó en diciembre pasado la diputada Patricia Lugo Barriga (PAN) y se turna al Senado para su análisis y eventual ratificación.

 

El citado glosario jurídico del lenguaje de señas mexicano deberá desarrollarse bajo la supervisión del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis).

 

Resalta que el apoyo de un intérprete en lenguaje de señas mexicano, permitirá regular los mecanismos jurídicos para proteger, defender e impulsar los derechos de las personas con alguna discapacidad auditiva o de locución.

 

Tiene la finalidad de “proporcionar a las personas que padecen discapacidad, en la audición o sordera, una herramienta idónea, en su propio lenguaje y símbolos distintivos, que les permitiría garantizar certeza jurídica y una efectiva impartición de justicia a quienes se involucren como partes o víctimas en un procesoâ€.

 

En las consideraciones del documento se destaca que, según datos de la Organización Mundial de la Salud, en 2004, “más de 275 millones de personas en el mundo padecen defectos de audición, entre moderados y profundos; 80 por ciento de ellos vivía en países de ingresos bajos y medianosâ€.

 

“En el caso de los sordos, cuya herramienta de comunicación es la lengua de señas mexicana, encontramos que palabras o términos jurídicos no tienen un signo distintivo incorporados dentro de este instrumentoâ€, indica Lugo Barriga en las consideraciones.

 

Asegura que “carecer de símbolos claros en la lengua de señas mexicana para los términos jurídicos, genera una enorme dificultad de comprensión para este grupo vulnerable, así como limitación al acceso a la justiciaâ€.

 

Recuerda que, en agosto de 2012, “el Conadis consideró necesario desarrollar un glosario de los términos comunes sobre discapacidad, que sirva para unificar el lenguaje que sobre este tema existe en el país; así como para sensibilizar y capacitar a funcionarios de todos los niveles de gobiernoâ€.

 

LSN/JGM

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Mayo | Marzo | Junio | Julio | Febrero | Enero | Abril |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación