Palacio Legislativo, 30-04-2014 (Notilegis).- Diputados de las siete fracciones parlamentarias presentaron hoy, en el marco del DÃa del Niño, una iniciativa que reforma y deroga varias disposiciones del Código Civil Federal, a fin de cerrar los candados que aún permiten el matrimonio civil de menores de edad. La iniciativa busca homologar el matrimonio con los preceptos constitucionales de igualdad y no discriminación, destacando que, “sin excepción alguna, el matrimonio sólo podrá ser contraÃdo por personas mayores de edadâ€, informó en rueda de prensa Fernando Belaunzarán Méndez (PRD). La Iniciativa fue apoyada también por los diputados MarÃa del RocÃo GarcÃa Olmedo (PRI), Homero Ricardo Niño de Rivera (PAN), Mónica GarcÃa de la Fuente (PVEM), Lilia Aguilar Gil (PT), Merilyn Gómez Pozos (MC) y Fernando Bribiesca Sahagún (NA). También pretende resolver aspectos que en la práctica resultan incompatibles con la Constitución del paÃs y con los tratados internacionales de derechos humanos y derechos de la niñez, como la Convención de los Derechos de los Niños, aprobado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) Belaunzarán Méndez precisó que el tema central que aborda la iniciativa, tiene relación directa con disposiciones contenidas en el Código Civil Federal, que son violatorias a los derechos de la niñezâ€. “Si bien es cierto que en este Código se establece como requisito para el matrimonio, la mayorÃa de edad, hay allà varios artÃculos con mecanismos que permiten eludir el cumplimiento cabal de tal disposiciónâ€, añadió. El propio Código establece que a partir de los 14 años, en el caso de las niñas, y de 16 años en los jóvenes, los menores pueden contraer matrimonio, con la autorización de los padres, los abuelos o los tutores y, a falta de éstos, los jueces o autoridades administrativas podrán validar legalmente la unión de un menor de edad con un adulto. La iniciativa también sale al paso de acciones que se manifiestas en los usos y costumbres de algunos pueblos indÃgenas, donde a cambio de dinero entregado a los padres o abuelos, se puede comprar a una joven, incluso menor de edad, para contraer matrimonio. Los artÃculos del Código Civil que se reforman son: 98, 100, 103, 113, 147, 148, 156, 168, 169, 172, 177, 187, 209, 216, 218 y 245, mientras que se derogan: 149, del 150 al 155, del 158 al 160, 173, 181, 182, del 237 al 242, 246, 249, 264 y 265. MAV/JGM |