Palacio Legislativo 08-07-2014 (Notilegis).- La Comisión de Cultura y Cinematografía aprobó por unanimidad reformas al artículo 148 de la Ley Federal de Derecho de Autor, para que personas con discapacidad puedan utilizar materiales literarios y artísticos, sin necesidad de autorización o pago de derechos. “Se exenta la autorización del titular de derecho patrimonial para la reproducción o adaptación de obras literarias y artísticas sin fines de lucro, en beneficio de personas con discapacidad visual, auditiva o en ambos casos”, indicó la presidenta de la comisión, Margarita Saldaña Hernández (PAN). La legisladora explicó que en el dictamen aprobado se establece como condición “que las obras a reproducir no sufran alteraciones en su contenido y que se cite la fuente y el nombre del autor del texto u obra artística de que se trate”. También dijo que el dictamen se presentará al Pleno de la Cámara de Diputados en el próximo periodo ordinario, que inicia en septiembre. La modificación queda como sigue: Artículo 148 de la Ley Federal de Derecho de Autor: “Las obras literarias y artísticas ya divulgadas podrán utilizarse, siempre que no se afecte la explotación normal de la obra, sin autorización del titular del derecho patrimonial y sin remuneración, citando invariablemente la fuente y sin alterar la obra sólo en los siguientes casos… “Fracción octava, publicación de obra artística o literaria sin fines de lucro para personas con discapacidad”. MAV/JGM |