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Nota N°. 9388 Reforman diputados C贸digo Civil Federal para establecer que c贸nyuges separados o en proceso de divorcio deben abstenerse de manipular a hijos menores de edad

 

Palacio Legislativo, 15-12-2014. (Notilegis).- La C谩mara de Diputados aprob贸 el dictamen que reforma el C贸digo Civil Federal, a fin de establecer que en caso de divorcio o separaci贸n, los c贸nyuges deben abstenerse de cualquier tipo de manipulaci贸n de los hijos menores de edad, entendida como alienaci贸n parental.

 

Se precisa la alienaci贸n parental como la manipulaci贸n tendiente a transformar la conciencia de los menores con objeto de impedir, obstaculizar o destruir las relaciones parentales o la debida integraci贸n familiar con el progenitor no custodio.

 

El dictamen surge de una iniciativa presentada el pasado 27 de febrero por la diputada Karina Labastida Sotelo (PAN), durante su discusi贸n en el Pleno se aprob贸 un agregado y posteriormente fue avalado por 378 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones. Se turna al Senado para su an谩lisis y eventual ratificaci贸n.

 

La reforma subraya que la sentencia de divorcio o de custodia decretar谩 las medidas necesarias para prevenir o erradicar las conductas de alienaci贸n parental.

 

La protecci贸n para los menores incluir谩 las medidas de seguridad, seguimiento y terapias necesarias para evitar y corregir los actos de violencia familiar.

 

El juez, ante la manifestaci贸n expresa o presunci贸n de conductas de alienaci贸n parental, ordenar谩 la evaluaci贸n psicol贸gica correspondiente, decretando medidas terap茅uticas conducentes para que el grupo familiar sea valorado de inmediato por especialistas.

 

Dependiendo del grado de alienaci贸n parental, dictar谩 medidas judiciales, como por ejemplo, variar temporalmente la custodia o modificar los t茅rminos de convivencia.

 

Los padres tendr谩n la obligaci贸n de colaborar en el cumplimiento de las medidas determinadas por la autoridad,

 

El dictamen agrega un art铆culo 444 ter a la Ley para establecer los supuestos en que la patria potestad podr谩 limitarse temporal o definitivamente para el ejercicio de los derechos de convivencia, custodia, participaci贸n en toma de decisiones en relaci贸n a la atenci贸n m茅dica e intervenci贸n quir煤rgica del menor, autorizaci贸n para la tramitaci贸n de su pasaporte o visa, entre otros.

 

Estos derechos incluidos en la patria potestad podr谩n ser suspendidos en los siguientes casos:

 

Cuando presente conductas de alienaci贸n parental.

 

Cuando el padre o madre sea condenado con pena de prisi贸n siempre que el menor no figure como v铆ctima del delito.

 

Cuando presente alg煤n tipo de discapacidad f铆sica o mental que torne imposible el cumplimiento de sus deberes parentales.

 

Por abandono del menor durante un plazo de m谩s de 180 d铆as naturales, a煤n cuando no se comprometa su salud o moralidad,

 

AMRJGM

 
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