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Nota N°. 10580 Nueva Ley de Transparencia abonar谩 en reivindicaci贸n de otros derechos y obligaciones, como la rendici贸n de cuentas y el combate a la corrupci贸n: Salgado Pe帽a

Palacio Legislativo, 16-04-2015 (Notilegis).- La nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Informaci贸n P煤blica abonar谩 en la reivindicaci贸n de otros derechos y obligaciones, como la rendici贸n de cuentas y el combate a la corrupci贸n, afirm贸 el presidente de la Comisi贸n de Gobernaci贸n, Abel Octavio Salgado Pe帽a (PRI).

Tambi茅n dijo que la transparencia es un prerrequisito para el debate p煤blico informado, al fundamentar el dictamen de la minuta que envi贸 el Senado de la Rep煤blica, al iniciar su discusi贸n en el Pleno de la C谩mara de Diputados.

Con este documento se est谩 materializando el mayor avance con relaci贸n al derecho humano al acceso a la informaci贸n, desde la reforma constitucional de 1977, sin pasar por alto los importantes cambios de 2007, 2013 y febrero de 2014, sostuvo.

Esta ley reglamenta el art铆culo sexto de la Constituci贸n, con el objeto de 鈥渆stablecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la informaci贸n en posesi贸n de cualquier autoridad, entidad, 贸rgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial鈥.

Tambi茅n de 鈥溍硆ganos aut贸nomos, partidos pol铆ticos, fideicomisos y fondos p煤blicos, as铆 como de cualquier persona f铆sica, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos p煤blicos o realice actos de autoridad de la Federaci贸n, las entidades federativas y los municipios鈥.

El diputado Salgado Pe帽a expuso que la elaboraci贸n de esta propuesta ha implicado meses de trabajo por parte de legisladores de ambas c谩maras, quienes han escuchado a la sociedad civil, el Instituto Federal de Acceso a la Informaci贸n y Protecci贸n de Datos (IFAI) y los 贸rganos garantes de este derecho.

Subray贸 que 茅sta es una oportunidad para empoderar a la ciudadan铆a, a trav茅s de esta ley.

Precis贸 que todo acto legislativo es perfectible y que, de ser necesario, en otro momento se podr铆an realizar las correcciones pertinentes, a efecto de pulir la ley.

Resalt贸 que se termina con cualquier privilegio de personas f铆sicas, partidos pol铆ticos, sindicatos y fideicomisos, al ampliar el cat谩logo de los sujetos obligados.

Se crea un Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Informaci贸n P煤blica y Protecci贸n de Datos y la Plataforma Nacional de Transparencia, con el fin de que no haya m谩s opacidad en el uso de los recursos p煤blicos.

Se establece la imposibilidad de invocar el car谩cter de reservado, cuando se trate de violaciones graves a derechos humanos, de delitos de lesa humanidad o informaci贸n relacionada con actos de corrupci贸n.

鈥淓l derecho a la informaci贸n p煤blica no es ninguna concesi贸n, es una demanda ciudadana por a帽os. Es de ellos, de los ciudadanos, esta propuesta, y por ello nadie tiene el derecho de usar la transparencia como bandera pol铆tica鈥, asever贸.

JGM

 
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