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Nota N°. 10646 Aprueban diputados ad茅ndum al dictamen que expide nueva Ley de Ahorro y Cr茅dito Popular, para precisar operaci贸n de la Sociedades Financieras Populares

 

Palacio Legislativo, 22-04-2015 (Notilegis).- El Pleno de la C谩mara de Diputados aprob贸, en votaci贸n econ贸mica, integrar un ad茅ndum al dictamen que expide la nueva Ley de Ahorro y Cr茅dito Popular para precisar aspectos de la operaci贸n de la Sociedades Financieras Populares (Sofipos).

 

La Comisi贸n de Hacienda y Cr茅dito P煤blico elabor贸 el dictamen que surgi贸 de una iniciativa que present贸 un grupo de trabajo plural de diputados y senadores, a fin de realizar las reformas necesarias para prevenir y evitar que se presenten casos como el de Ficrea, que registr贸 un fraude que afecto a miles de ahorradores.

 

El documento expide la nueva Ley de Ahorro y Cr茅dito Popular y reforma la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Pr茅stamo, del C贸digo Federal de Procedimientos Penales y de la Ley de la Comisi贸n Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

 

Al inicio de su discusi贸n ante el Pleno, los diputados aprobaron el ad茅ndum avalado por los grupos parlamentarios, en el que se consideran los siguientes aspectos, entre otros.

 

Se ampl铆an los l铆mites m谩ximos de las operaciones de los (Sofipos), para recibir dep贸sito de dinero a la vista, de ahorro, a plazo, retirables en d铆as preestablecidos y con previo aviso, hasta por 400 mil Unidades de Inversi贸n (UDIs) para personas f铆sicas (en lugar de 200 mil) y un mill贸n 400 mil UDIs para las personas morales (en lugar de un mill贸n).

 

Las Sociedades Financieras Comunitarias tendr谩n hasta el 31 de diciembre de 2016 para solicitar ante la Comisi贸n Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) autorizaci贸n para operar y organizarse como Sofipos.

 

La CNBV deber谩 otorgar la asistencia t茅cnica financiera y jur铆dica necesaria que requieran las Sofipos para lograr la transformaci贸n, en lo que se deber谩 tomar en consideraci贸n el trabajo realizado, as铆 como los antecedentes de la sociedad respectiva, para agilizar y facilitar el proceso que se siga.

 

La CNBV asesorar谩 a las Sofipos constituidas a la fecha de entrada en vigor de este decreto, que pretendan solicitar autorizaci贸n para transformarse a otro tipo de entidad financiera.

 

La regulaci贸n que emita la CNBV para la implementaci贸n de la nueva ley deber谩 contar con las normas que permitan el establecimiento de Sofipos de nueva creaci贸n en el 谩mbito rural.

 

La CNBV emitir谩 las disposiciones de car谩cter general que se refiere este decreto a m谩s tardar en noviembre de 2015.

 

El ad茅ndum tambi茅n aborda aspectos sobre pr茅stamos y cr茅ditos de los socios y la recepci贸n de cr茅ditos de entidades financieras nacionales o extranjeras, organismos internacionales e instituciones de gobiernos federal o estatales, as铆 como fideicomisos p煤blicos.

 

Su clasificaci贸n, evaluaciones peri贸dicamente de la CNBV, facultades de la CNBV, estados financieros de la Sofipos, capitalizaci贸n, operaci贸n b谩sica, integraci贸n de asamblea general de socios y el eventual proceso de liquidaci贸n, figuran en el documento.

 

JGM

 
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