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Nota N°. 10678 Con autorización a que porten armas servidores públicos extranjeros en aduanas y migración, México requerirá el mismo trato a los nacionales: De las Fuertes Hernández

Palacio Legislativo, 23-04-2015 (Notilegis).- Con la autorización para que porten armas servidores públicos extranjeros en aduanas y migración, México requerirá el mismo trato a los nacionales fuera del país, afirmó el secretario de la Comisión de Defensa Nacional, Fernando Donato de las Fuertes Hernández (PRI).

Al fundamentar el dictamen de la minuta del Senado sobre las reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, el diputado priista refirió que con estos cambios, México garantiza a esos funcionarios condiciones idóneas para el desempeño de sus funciones.

“México garantizará a otras naciones que sus funcionarios aduaneros y migratorios cuenten en nuestro país con condiciones idóneas para el desempeño de sus funciones; medida que el país contraparte deberá garantizar a los funcionarios mexicanos en el marco de los acuerdos suscritosâ€, aclaró.

Expuso que entre los principales objetivos de esta reforma figura la implementación de acuerdos internacionales de cooperación aduanal y migratoria, bajo un principio de reciprocidad internacional y en resguardo de la soberanía.

“Las autoridades aduaneras no ejercerán funciones o actos de autoridad en territorio extranjero, ni podrán actuar en contra de la legislación nacionalâ€, precisó.

Apuntó que también contempla el fortalecimiento de procesos de cooperación para hacer más eficiente el flujo de personas y mercancías, así como establecer reglas claras para atender las necesidades especiales de seguridad que requieren los jefes de Estado, de gobierno, ministros o equivalentes, en visitas de alto nivel al país.

“Lo anterior, de la misma forma que se hace en otros países para recibir a los nacionalesâ€, señaló de las Fuertes Hernández.

Indicó que dichos objetivos son congruentes con reformas aprobadas en octubre de 2003 en la Ley Aduanera y que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación en diciembre del mismo año.

Mencionó que la modificación instituye supuestos específicos que son necesarios como complemento para la consecución de beneficios sociales y económicos para el país, bajo un marco legal claro, con base en el principio de reciprocidad.

Precisó que la portación de armas de fuego será efectiva para los siguientes casos:

-Funcionario aduanero mexicano que desempeñe sus actividades en el extranjero.

-Funcionarios de migración extranjeros que se desempeñen en puntos de revisión aduanal en territorio mexicano.

-Funcionarios de migración mexicanos que desempeñen su actividad en el extranjero

-Funcionarios de migración extranjeros que participen en la revisión migratoria en territorio mexicano.

-Personal de seguridad mexicanos que acompañen a funcionarios en visitas de alto nivel a otros países y correlativamente el personal de seguridad extranjero que acompañe a funcionarios de otros países o de organismos internacionales que por su desempeño requieran protección.

De las Fuentes Hernández mencionó que entre las restricciones se encuentra la siguiente: que el arma autorizada corresponderá a la que el funcionario extranjero utiliza como arma de cargo en las instalaciones de su país de origen, la cual sólo podrá ser un revolver o una pistola de funcionamiento semiautomático, con calibre máximo de 40 milímetros o equivalente.

“Las armas de los agentes extranjeros quedarán resguardadas en su lugar de trabajo; el permiso tendrá una vigencia de seis meses con la posibilidad de renovación sujeta a los mismos requisitos y restricciones para su autorizaciónâ€, precisó.

Añadió que los procesos de pre inspección de mercancías en las instalaciones aduaneras en el país exportador se facilitará un ingreso más expedito de los productos sin tener que someterse a una segunda revisión, reduciendo así tiempos y costos.

De igual manera, el trámite de migración anticipada incentivará el turismo e incrementará el número de visitantes internacionales al país, derivado de la disminución de costos y establecimiento de nuevas rutas.

YRE/JGM

 
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