Palacio Legislativo, 08-12-2015 (Notilegis).- La Mesa Directiva hizo la declaratoria de publicidad del dictamen de la minuta del Senado que establece una pr贸rroga de hasta un a帽o para los medios p煤blicos que no est茅n en posibilidad de iniciar transmisiones digitales el pr贸ximo 31 de diciembre, cuando concluye el llamado apag贸n anal贸gico. El dictamen lo elabor贸 la Comisi贸n de Radio y Televisi贸n, surge de un documento que el Senado aprob贸 el 1 de diciembre pasado y, con este tr谩mite de publicidad, se puede discutir en cualquier momento ante el Pleno de la C谩mara de Diputados. Reforma el art铆culo d茅cimo noveno transitorio del 鈥渄ecreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi贸n, y la Ley del Sistema P煤blico de Radiodifusi贸n del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusi贸n鈥, publicado en el Diario Oficial de la Federaci贸n el 14 de julio de 2014. Con esta modificaci贸n, 鈥渟e conserva y garantiza la continuidad del servicio p煤blico de televisi贸n abierta, y se dota al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), como 贸rgano regulador aut贸nomo, la atribuci贸n de establecer un programa para que la poblaci贸n contin煤e recibiendo se帽ales de televisi贸n鈥. Se refiere a los permisionarios o concesionarios de uso p煤blico o social, incluyendo las comunitarias e ind铆genas. Tiene el objetivo de que se les autorice la suspensi贸n temporal de sus transmisiones o, en su caso, reduzcan su potencia radiada aparente para que les sea aplicable un programa de continuidad. Los plazos que autorice el IFT en ning煤n caso exceder谩n del 31 de diciembre de 2016. El IFT deber谩 determinar un programa para que la poblaci贸n contin煤e recibiendo este servicio p煤blico de inter茅s general en las 谩reas respectivas, en tanto se inicien transmisiones digitales y/o se alcancen los niveles de penetraci贸n se帽alados. Los titulares de las estaciones deber谩n realizar las inversiones e instalaciones necesarias conforme a los plazos previsto en el programa. Esta medida permitir谩 que los medios p煤blicos no incurran en infracciones y se asegura la continuidad del servicio en favor de las audiencias. En el Art铆culo Tercero Transitorio se establece: 鈥淎 partir del inicio de las precampa帽as y hasta el d铆a de la jornada electoral, el gobierno federal y los gobiernos de las entidades federativas y municipios, suspender谩n la distribuci贸n o sustituci贸n de equipos receptores y decodificadores, as铆 como los programas de entrega de televisiones digitales que realicen en aquellas entidades federativas en las que se verifiquen procesos electorales durante el 2016鈥. JGM |