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comunicaciónsocial
Nota N°. 747 Aprueba Comisi贸n de Seguridad Social opini贸n favorable al proyecto de decreto que reforma la Ley del ISSSTE en materia de pensiones

Palacio Legislativo, 04-11-2015 (Notilegis).- La Comisi贸n de Seguridad Social aprob贸 una opini贸n favorable al proyecto de decreto que el Ejecutivo federal envi贸 en septiembre pasado para modificar la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en materia de pensiones.

El respaldo a la reforma, 鈥渜ue atiende cabalmente las necesidades de los trabajadores para el cuidado de su patrimonio鈥, fue aprobado por 10 votos a favor (ocho del PRI, uno del PVEM y uno de NA) y cinco en contra (dos de PRD, dos de Morena y uno de MC). Los diputados del PAN no estuvieron en la votaci贸n.

La iniciativa del Ejecutivo fue turnada a esta comisi贸n para su opini贸n.

La secretaria de la comisi贸n, diputada Elida Castel谩n Mondrag贸n (PRD), ley贸 el documento aprobado por la comisi贸n.

El texto se帽ala que el proyecto de decreto reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley del ISSSTE, con el fin de que el Pensionissste se transforme en una empresa de participaci贸n estatal mayoritaria, que tendr谩 por objeto la administraci贸n de los recursos de las cuentas individuales de los trabajadores.

Asegura que esta nueva figura administrativa no pretende en ning煤n momento privatizarla, ya que el Pensionissste contin煤a como instituci贸n 100 por ciento del Estado mexicano, administradora de fondos para el retiro, separ谩ndolo administrativamente del ISSSTE.

Se plantea constituirla como una entidad paraestatal financiera, con personalidad jur铆dica propia y autonom铆a de gesti贸n, que coadyuve en el crecimiento econ贸mico del pa铆s, siempre con las mejores condiciones para los trabajadores del Estado.

Sostiene que los trabajadores del Estado continuar谩n siendo parte de la nueva instituci贸n p煤blica, respetando en todo momento sus derechos laborales conforme a la ley y su esencia como instituci贸n de los trabajadores, sin fines de lucro.

Destac谩 que la propuesta del Ejecutivo federal es certera en su exposici贸n de motivos, al afirmar que actualmente se vive dentro del Instituto una migraci贸n neta de 39 mil 718 cuentas individuales, equivalentes a la administraci贸n de 51 mil 232 millones de pesos.

La presente reforma garantiza que los bienes, derechos y obligaciones, as铆 como el presupuesto del Pensionissste, que se traspase a la nueva instituci贸n, no genera un costo adicional para el Estado mexicano, se indica en el texto avalado por la comisi贸n.

Aclara que la funcionalidad se ver谩 sustancialmente optimizada, fortaleciendo su capacidad operativa, para lograr ser sustancialmente m谩s competitiva en los mercados actuales.

Esta reforma cuenta con el respaldo p煤blico de la junta directiva del ISSSTE y diferentes organizaciones sindicales, ya que se prev茅 el derecho del trabajador para que pueda y deba elegir la administradora en la que desee su cuenta individual y 茅sta permanezca de manera libre y equilibrada, indica.

Detalla tambi茅n que las administradoras deber谩n incorporar, en los estados de cuenta que expidan a los trabajadores, el valor nominal de sus bonos de pensi贸n del ISSSTE, en unidades de inversi贸n y en pesos.

Asimismo, el valor de pago anticipado de los bonos en unidades de inversi贸n y en pesos a la fecha de corte del estado de cuenta, de conformidad con las disposiciones que emita para tal efecto la Comisi贸n Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, lo que brinda mayor certeza financiera a los trabajadores y sus recursos.

鈥淧or lo anterior, manifestamos nuestro apoyo a la reforma, ya que atiende cabalmente las necesidades de los trabajadores para el cuidado de su patrimonio鈥, sostuvo la comisi贸n.

Sin embargo, estim贸 pertinente fortalecer la participaci贸n de los trabajadores en el Consejo de Administraci贸n, 贸rgano de gobierno de la nueva instituci贸n, referido en la fracci贸n uno del art铆culo segundo transitorio de la iniciativa.

En el documento original se plantea que el Consejo de Administraci贸n de la sociedad como empresa estatal estar谩 integrado por 13 personas:

Cuatro representantes del gobierno federal (tres de la Secretar铆a de Hacienda y Cr茅dito P煤blico, SHCP, uno de los cuales ser谩 su presidente, y uno de la Secretar铆a del Trabajo y Previsi贸n Social, STPS).

Tres representantes nombrados por las organizaciones de trabajadores al servicio del Estado. La STPS fijar谩 las bases para determinar las organizaciones de trabajadores que intervendr谩n en la designaci贸n de dichos representantes.

Seis consejeros independientes designados por el Ejecutivo federal.

La Comisi贸n de Desarrollo Social present贸 a consideraci贸n una modificaci贸n, para que el Consejo de Administraci贸n est茅 integrado por 18 miembros:

El titular del SHCP, quien la presidir谩; el director general de la nueva sociedad, el cual ser谩 nombrado por el Consejo de Administraci贸n de la misma a propuesta de la SHCP; tres vocales nombrados por la SHCP; uno por el director general del ISSSTE; un vocal nombrado por las secretarias del Trabajo, de la Funci贸n P煤blica y de Desarrollo Social.

Asimismo, nueve vocales nombrados por las organizaciones de trabajadores.

Por cada miembro propietario se designar谩 un suplente que actuar谩 en caso de faltas temporales del propietario, debiendo tratarse de un funcionario con el rango inmediato inferior al del vocal propietario.

Las decisiones del Consejo de Administraci贸n se tomar谩n por mayor铆a de los representantes y en caso de empate, su presidente tendr谩 voto de calidad.

RZJ/MG

 
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