19 de mayo 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Mayo 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1 2 3 4 5
6 7 8 9 10 11 12
13 14 15 16 17 18 19
20 21 22 23 24 25 26
27 28 29 30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Nota N°. 167 Aprueba Cámara de Diputados que se declare el 26 de septiembre de cada año como “Día Nacional contra la Desaparición Forzada de Personas”

Palacio Legislativo, 17-09-2015 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 463 votos a favor, un proyecto de decreto para declarar el 26 de septiembre de cada año como “Día Nacional contra la Desaparición Forzada de Personas” y se turnó al Senado para su eventual ratificación.

El Pleno aprobó dar el trámite de urgente u obvia resolución a la propuesta suscrita por los coordinadores de los grupos parlamentarios, sin que hubiera dictamen de la comisión respectiva.

En votación de viva voz y de manera nominal, porque los distintos grupos parlamentarios aún no concluyen el proceso de asignación de las curules correspondientes para sus integrantes, se avaló el documento.

En su exposición de motivos, se señala que “durante los últimos 15 años se han ido incrementando los casos de desaparición forzada, siendo de gran impacto social el de los estudiantes de la normal de Ayotzinapa, el cual no debe repetirse”.

Se indica que con este proyecto de decreto se atienden “a las diversas inquietudes y propuestas presentadas por diversos diputados, y en un acto de solidaridad con los familiares de las víctimas de desaparición forzada en México”.

Asimismo, “con el firme propósito de fortalecer y hacer valer el derecho que tienen las víctimas a la verdad”.

Se recuerda que de acuerdo con la resolución de la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU) sobre el tema, se producen desapariciones forzadas siempre que:

“… Se arreste, detenga o traslade contra su voluntad a las personas, o que éstas resulten privadas de su libertad de alguna otra forma por agentes gubernamentales de cualquier sector o nivel, por grupos organizados o por particulares que actúen en nombre del Gobierno o con su apoyo directo o indirecto, su autorización o su asentimiento, y que luego se niegan a revelar la suerte o el paradero de esas personas o a reconocer que están privadas de la libertad, sustrayéndolas así a la protección de la ley”.

“En el combate a esta conducta delictiva los tres poderes de la Unión se han comprometido con el desarrollo y puesta en marcha de políticas y acciones jurídicas que contribuyan a la difusión, aceptación y ejercicio de una amplia cultura en favor de los derechos humanos y de respeto a la ley que permita erradicar de manera definitiva las prácticas criminales y deshumanizadas que concurren en este delito”, sostiene el documento.

El decreto entrará en vigor el día siguiente después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

LSN/JGM

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Mayo | Marzo | Junio | Julio | Febrero | Enero | Abril |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación