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Nota N°. 1461 Urge Ojeda Anguiano a elaborar la Ley General Contra la Desaparición Forzada

Palacio Legislativo, 05-01-2016 (Notilegis).- El vicepresidente de la Cámara de Diputados, Alejandro Ojeda Anguiano (PRD), urgió a las comisiones encargadas de dictaminar y a los grupos parlamentarios a trabajar, para tener lista a la brevedad posible la Ley General Contra la Desaparición Forzada.

En un comunicado, señaló que se debe cumplir con el compromiso del Congreso de la Unión, para que ese dictamen este listo en los primeros días de febrero, cuando inicia el segundo periodo ordinario de sesiones de esta legislatura, y lo apruebe el Pleno.

“Se trata de un asunto fundamental, que no puede esperar más”, indicó.

Comentó que aunque haya receso del Congreso de la Unión en este mes de enero, las comisiones están obligadas a trabajar en los dictámenes, para que haya materia de discusión y, en su caso, de aprobación para el próximo periodo ordinario de sesiones.

El diputado Ojeda Anguiano aseveró que debe ser un propósito insoslayable de todas las fuerzas políticas del país, concretar esta ley reglamentaria de la reforma que se hizo al artículo 73 constitucional.

Recordó que esa reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 10 de julio de 2015 y se contaba con 180 días, a partir de su entrada en vigor, para elaborar la ley reglamentaria correspondiente, tiempo que se cumple el este 6 de enero.

Precisó que la intención fundamental de esta legislación es proteger a toda persona contra el delito de desaparición forzada, así como la implementación de acciones de prevención, investigación, persecución y criterios para sancionar este delito, así́ como para la protección y asistencia a las víctimas y testigos.

Dijo que él presentó, junto con el presidente de la Cámara de Diputados, Jesús Zambrano Grijalva, una propuesta que pretende coadyuvar en la discusión de las desapariciones forzadas vuelva a ser prioritario en la agenda legislativa.

Comentó que en las cámaras de Diputados y Senadores se han promovido iniciativas sobre este tema.

El diputado federal refrendó la importancia de concretar esta nueva ley, “que respondería a la exigencia de acceso a la justicia y a la verdad de miles de víctimas”.

Entre otras cosas, insistió, la iniciativa que promovió contempla la creación de fiscalías especializadas en la desaparición forzada de personas y a manos de particulares, una a nivel federal y una por cada estado de la República, así como la implementación de un Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas.

Se hace énfasis en que cualquier investigación debe partir de la no criminalización.

Las autoridades no deberán agravar el sufrimiento de las víctimas o familiares ni tratarlas en ningún caso como sospechosas o responsables de la comisión de los hechos que denuncie.

La ley también obligaría al Estado a la reparación integral del daño para las víctimas y familiares, sin importar sus nacionalidades, así como a garantizar la seguridad física y psicológica de los defensores de derechos humanos, organizaciones, testigos y grupos que se encuentren en riesgo.

Se plantea, además, que al servidor público o particular que comenta el delito de desaparición forzada de persona, se le impondrá una pena de 20 a 50 años de prisión, de cuatro mil a ocho mil días de multa e inhabilitación definitiva e inconmutable para ejercer la función pública en cualquiera de sus niveles.

En la propuesta se contempla que el Estado deberá garantizar que cuando haya indicios para suponer que se pudiera haber cometido una desaparición forzada, se proceda, sin dilación, a investigar de manera efectiva a todos los agentes u órganos estatales que pudieran haber estado involucrados, así como a agotar todas las líneas de investigación.

Además, se obliga al Estado a actuar bajo el principio de máxima protección a la víctima, atendiendo al respeto a su dignidad humana.

Todas las autoridades están obligadas a garantizar que no se vea disminuido el mínimo existencial al que la víctima tiene derecho, ni sea afectado el núcleo esencial de sus derechos, que es la presunción de vida.

JGM

 
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