Palacio Legislativo, 09-02-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó el dictamen de una reforma para que el presidente del Instituto Nacional del Emprendedor (INADEM) se integre al Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, dependientes de la SecretarÃa de EconomÃa. El documento surge de una iniciativa que el diputado Jorge Enrique Dávila Flores (PRI) presentó en octubre de 2015, fue aprobado por 422 votos a favor, cero en contra y una abstención y se turna al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación. Se reforman los artÃculos 18, fracción X y párrafo cuarto; asà como el 19; y adiciona una fracción XVIII al artÃculo 3, de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. En el texto se recuerda que el 14 de enero de 2013 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación reformas al Reglamento Interno de la SecretarÃa de EconomÃa, en las que destacan la desaparición de la SubsecretarÃa para la Pequeña y Mediana Empresa y la creación del INADEM. El Instituto debe instrumentar, ejecutar y coordinar la polÃtica nacional de apoyo incluyente a emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas. También impulsar la innovación, competitividad y proyección de estas en el mercado nacional e internacional, para aumentar su contribución con el desarrollo económico y bienestar social, asà como coadyuvar al desarrollo de polÃticas que fomenten la cultura y productividad empresarial. El Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa es la instancia que promueve, analiza y da seguimiento a los esquemas, programas, instrumentos y acciones que deben desarrollarse en apoyo a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). La reforma aprobada este dÃa plantea que el presidente del INADEM fungirá como secretario técnico del Consejo, que cuenta con 31 integrantes, y en ausencia del presidente de éste, el primero asumirá dichas funciones. El presidente del INADEM, como secretario técnico del Consejo, dará seguimiento a los acuerdos que emanen de dicha instancia; informará semestralmente al Congreso de la Unión sobre la evolución de los programas y resultados alcanzados; y se coordinará con los Consejos Estatales en lo conducente. En el artÃculo segundo transitorio del dictamen establece que, dentro del término de 180 dÃas posteriores a la entrada en vigor del mismo, el Ejecutivo federal y las secretarÃas del ramo competentes, deberán realizar las adecuaciones normativas al Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. En el tercero transitorio señala: “En tanto no sea modificado el reglamento a que se refiere el transitorio segundo, respecto a las facultades y obligaciones de la subsecretarÃa para la Pequeña y Mediana Empresa, continuarán aplicándose las normas vigentes al Instituto Nacional del Emprendedorâ€. LSN/JGM |