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Nota N°. 1846 Aprueban diputados reforma a Ley de Desarrollo Rural Sustentable que incorpora pequeños productores y de autoconsumo a acciones de soberanía y seguridad alimentaria

 

Palacio Legislativo 11-02-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó, con cambios, el dictamen de una minuta del Senado que reforma la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para considerar de manera prioritaria a los pequeños productores en condiciones de pobreza en las acciones para la soberanía y la seguridad alimentaria.

 

El documento, que modifica el artículo 182 de esa ley, también impulsa la integración de esos segmentos agrícolas a las cadenas productivas de alimentos.

 

Surge de una iniciativa que la senadora Lisbeth Hernández Lecona (PRI) presentó el 23 de abril de 2014, fue aprobado por unanimidad, con 411 votos a favor, y por los cambios que se le hicieron en la Cámara de Diputados se regresa al Senado de la República.

 

El dictamen señala que se “contempla apoyar de manera conjunta, con acciones por parte del gobierno federal, las entidades federativas y los municipios, a los pequeños productores que se encuentran en pobreza y pobreza extrema, que a su vez propicien la seguridad y soberanía alimentaria en nuestro paísâ€.

 

Asimismo, se considera que “el pequeño productor es el elemento indispensable para la agricultura familiar, ya que México cuenta con cinco millones de unidades agrícolas productivas de tipo familiar, de hasta cinco hectáreas, de las cuales el 50.6 por ciento de éstas orientan su producción al autoconsumoâ€.

 

Sostiene que la estructura agraria del país está basada en pequeñas unidades productivas, que a su vez interactúan con problemas de comercialización, acceso al financiamiento y a los mercados, además de que este segmento de la población, “no cuenta con infraestructura, es decir…con las condiciones mínimas para la producciónâ€.

 

La modificación al artículo 182 “tiene como finalidad atender a un sector mayoritario de ejidatarios, comuneros, pequeños propietarios y/o usufructuarios que se dedican a las actividades agrícolas de temporal y que carecen de infraestructura para la producción comercial a gran escalaâ€.

 

Para ello, ese sector “se incluye en las cadenas productivasâ€.

 

Sin embargo, la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados, que elaboró el dictamen de la minuta, consideró insuficiente la redacción aprobada por el Senado.

 

Hizo la aclaración de que “debe diferenciarse al pequeño productor de autoconsumo y al pequeño productor con excedentes en su producción que esté en condiciones de integrarse a una cadena productivaâ€.

 

Con lo anterior, la modificación a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable fue aprobada por los diputados en los siguientes términos:

 

Artículo 182. Las acciones para la soberanía y la seguridad alimentaria deberán abarcar a todos los productores y agentes intervinientes, velando por los que se consideran pequeños productores, incluyendo a los de autoconsumo, impulsando la integración de las cadenas productivas de alimentosâ€.

 

MAV/JGM

 
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