Palacio Legislativo 24-02-2016 (Notilegis).- La Comisión de Igualdad de Género, presidida por la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI), aprobó por mayoría, con cambios, tres dictámenes que reforman diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley Federal del Trabajo y del Código Penal Federal. La primera iniciativa dictaminada, reforma el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que contempla adicionar el término “estabilidad laboral reforzada”, para otorgar una protección especial a la mujer durante el embarazo y la lactancia. La madre trabajadora en esta condición no podrá ser despedida sin causa justificada, de acuerdo a las leyes Federal del Trabajo y Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. También adiciona al artículo 149 Ter del Código Penal Federal, el término “lactancia” para definir las penas que se otorgan a los patrones que despidan a una mujer que esté en esta condición y, de no respetarse, se les imponga una sanción. Aclara que no se alargan los plazos de lactancia, sólo se incluye este derecho dentro de la protección a la trabajadora, para evitar su despido por ejercerlo. El segundo dictamen reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para reforzar la obligatoriedad de los estados de nutrir al Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (Banavim), También se faculta a la Federación para que diseñe las políticas públicas tendentes a garantizar espacios libres de violencia. De igual forma, se faculta a la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) para que realice campañas de sensibilización que prevengan y erradiquen la discriminación en contra de las mujeres en las comunidades. Además, se obliga a los gobiernos estatales y municipales para establecer políticas públicas que garanticen un transporte seguro para las mujeres. El tercer dictamen aprobado adiciona el artículo 36 para la integración del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, a fin de incluir el pronombre “las” para integrar a las mujeres en los cargos públicos de las secretarías de Estado. En el artículo 45 Bis de la ley general en la materia, refiere las facultades de la Secretaría de Cultura, integrante de ese sistema, para definir principios de equidad y de derechos humanos hacia las mujeres. Asimismo, se avaló en la comisión un punto de acuerdo mediante el cual se exhorta a todas las instancias e instituciones que tengan como objetivo lograr la igualdad entre mujeres y hombres, para que en todos los instrumentos jurídicos, sociales y culturales, y en los planes y programas, así como en el ejercicio cotidiano del lenguaje, se sustituya sistemáticamente la palabra “equidad” por “igualdad sustantiva”. Otro acuerdo aprobado contiene un llamado para que los congresos locales implementen las acciones legislativas necesarias, para armonizar su marco jurídico en materia de igualdad de género. Ambos fueron turnados a la Mesa Directiva, para que continúe el trámite parlamentario respectivo. De acuerdo con el artículo 152 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la instancia legislativa avaló la creación de seis subcomisiones de Acceso a los Derechos Humanos; de Seguridad y Justicia; de Régimen Político; de Régimen Electoral; de Administración Pública y de Estructura Democrática, con el propósito de focalizar el trabajo parlamentario que redunde en la construcción de iniciativas, dictámenes y puntos de acuerdo en beneficio de la igualdad de género. RED/LSN |