Palacio Legislativo, 16-06-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y lo particular, un dictamen que modifica diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en materia de control interno del Ejecutivo federal y lo turna al Senado de la República para su eventual ratificación. El documento fue avalado en lo general por unanimidad, con 450 votos a favor, y tras rechazarse las reservas que se presentaron a dos artículos se ratificó en lo particular por 388 votos a favor, 58 en contra y siete abstenciones. Entre los aspectos relevantes del documento figura que la Secretaría de la Función Pública (SFP) será la autoridad encargada del control interno de la Administración Pública Federal (APF). Mantendrá una estrecha colaboración con el Sistema Nacional Anticorrupción y con el Sistema Nacional de Fiscalización en el establecimiento de bases y principios que propicien la integridad y la transparencia en la gestión pública, así como en el combate a la corrupción. Se reforman el artículo 19, el artículo 26, las fracciones XXI y XXIV del artículo 31, el artículo 37, el artículo 44 y el artículo 50, y se derogan las fracciones XXII, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXXI y XXXII del artículo 31, todos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Al iniciar la discusión, la presidenta de la Comisión de Gobernación, Mercedes del Carmen Guillén Vicente (PRI), fundamentó el dictamen y presentó un agregado con algunas precisiones, que fue aprobado por el Pleno. Fijaron la posición de los grupos parlamentarios: José Alfredo Ferreiro Velazco (PES), Luis Alfredo Valles Mendoza (NA), Macedonio Salomón Tamez Guajardo (MC), Norma Rocío Nahle García (Morena), Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (PVEM), Omar Ortega Álvarez (PRD), Lorena del Carmen Alfaro García (PAN) y Martha Hilda González Calderón (PRI). A favor de la propuesta hablaron Edgar Spinoso Carrera (PVEM) y Rafael Hernández Soriano (PRD). En las consideraciones del dictamen se recuerda que en enero de 2013 se aprobó una reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la que se eliminaron diversas atribuciones de la SFP. Asimismo, en mayo de 2015 se publicó la reforma que dio origen al Sistema Nacional Anticorrupción y fortaleció al Sistema Nacional de Fiscalización y a la fiscalía especializada en materia de delitos relacionados con hechos de corrupción, lo que hace necesario que la SFP reasuma todas aquellas funciones. Se resalta la necesidad de establecer las bases de operación de la SFP en el marco de las reformas en materia de transparencia y anticorrupción, que le permitan fungir como órgano de control interno de la APF. Para la Comisión de Gobernación, resulta evidente que la corrupción es un problema transversal que afecta diversas áreas de la sociedad y que, de no atenderse, puede constituir un lastre a la generación de bienestar social y desarrollo económico. Las reformas aprobadas este jueves establecen que en su operación, la SFP favorecerá la promoción y desarrollo del gobierno digital, del gobierno abierto y de los datos abiertos, la rendición de cuentas y el acceso por parte de los particulares a la información que se genere. La dependencia podrá ejercer las atribuciones que la Constitución le otorga a los órganos internos de control para revisar el ingreso, manejo, custodia y ejercicio de recursos públicos federales. También establecerá mecanismos internos para prevenir actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas. Informará periódicamente al Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y al Ejecutivo federal, sobre el resultado de la evaluación respecto de la gestión de la APF en cuanto al ingreso, manejo, custodia y ejercicio de recursos públicos federales. En el ejercicio de sus atribuciones contará con órganos internos de control, delegados y comisarios públicos. Al ser la encargada de la evaluación de la gestión gubernamental, podrá inspeccionar el ejercicio del gasto público federal y su congruencia con los presupuestos de egresos. Asimismo, podrá expedir normas que regulen el control interno de la APF. Realizará por si o a solicitud de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, auditorías, revisiones y evaluaciones, con el objeto de fiscalizar y promover la eficiencia y legalidad en la gestión y encargo de las diversas dependencias. Podrá recibir y registrar declaraciones patrimoniales y de intereses, así como verificar su contenido mediante las investigaciones que resulten pertinentes. Atenderá quejas e inconformidades que presenten los particulares con motivo de convenios o contratos que celebren con las dependencias y entidades de la APF y de la Procuraduría General de la República (PGR). Propiciará la homologación de políticas, normativa y criterios en materia de contrataciones públicas a nivel nacional. En materia sancionadora, la SFP podrá conocer e investigar las conductas de los servidores públicos que puedan constituir responsabilidades administrativas y aplicar sanciones. También ejercerá la acción de responsabilidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y presentará las denuncias correspondientes ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción. JGM |