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Nota N°. 3537 Inicia Cámara de Diputados segundo periodo de sesiones extraordinarias, para abordar minuta del Senado sobre observaciones parciales del Ejecutivo a la “Ley 3 de 3”

 

Palacio Legislativo, 06-07-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados inició a las XXX horas el segundo periodo de sesiones extraordinarias para abordar el dictamen de la minuta del Senado sobre observaciones parciales del Ejecutivo federal a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, conocida como “Ley 3 de 3”.

 

El presidente de la Cámara de Diputados, Jesús Zambrano Grijalva, declaró a las 12:30 horas formalmente instalado el segundo periodo de sesiones extraordinarias del segundo receso del primer año de la LXIII Legislatura.

 

En el orden del día está prevista la declaratoria de publicidad, discusión y votación del dictamen que la Comisión de Transparencia y Anticorrupción aprobó dos horas antes, con 18 votos a favor (PRI, PAN, PVEM y MC) y seis en contra (PRD y Morena).

 

El documento quedó en los términos en que llegó a San Lázaro la minuta del Senado de la República, la cual avaló en su totalidad las observaciones del Ejecutivo.

 

El Proyecto de Decreto expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, sobre las observaciones del Ejecutivo federal.

 

Se discute en el Pleno de la Cámara de Diputados en el marco de un segundo periodo extraordinario de sesiones, y forma parte de la reformas legales del Sistema Nacional Anticorrupción, aprobadas por el Congreso de la Unión en el primer extraordinario, que concluyó el pasado 17 de junio.

 

El Ejecutivo presentó observaciones parciales a los artículos 3 fracción VIII, 4 fracción III, 27 tercer párrafo, 30, 32, 33, 37, 46, 73 y 81 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (Ley 3 de 3), el Senado las avaló ayer martes sin modificaciones y turnó la minuta a San Lázaro.

 

Las fracciones observadas regulan la obligación de los particulares (personas físicas y morales) de presentar declaraciones de situación patrimonial y de conflicto de intereses; con las modificaciones aprobadas quedan exentos de elaborarlas.

 

JGM

 
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