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Nota N°. 4657 Turnan diputados al Senado dictamen que reforma leyes del ISR, IVA y Federal del Impuesto sobre Autom贸viles Nuevos, as铆 como C贸digo Fiscal de la Federaci贸n

 

Palacio Legislativo, 20-10-2016 (Notilegis).- La C谩mara de Diputados aprob贸 y turn贸 al Senado el dictamen que reforma las leyes del Impuesto Sobre la Renta (ISR), del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de la Federal del Impuesto sobre Autom贸viles Nuevos, as铆 como el C贸digo Fiscal de la Federaci贸n.

 

El documento, que forma parte del Paquete Econ贸mico 2017, fue aprobado en lo general con 411 votos a favor, 42 en contra y una abstenci贸n, y en lo particular por 250 votos a favor y 198 en contra.

 

De manera gradual fueron rechazadas 84 reservas que presentaron diputados de los diversos grupos parlamentarios, de las cuales de Morena fueron 56, del PAN 18, de MC seis, de PRD tres y del PES una.

 

El dictamen surge de la iniciativa que el Ejecutivo federal envi贸 al Congreso de la Uni贸n el pasado 8 de septiembre, de diversas propuestas de diputados y reuniones que la Comisi贸n de Hacienda y Cr茅dito P煤blico realiz贸 con sectores privado, acad茅mico y social.

 

Algunos de los puntos m谩s relevantes son:

 

Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR)

 

1.- Se otorgar谩 un cr茅dito fiscal del 30 por ciento respecto al total de la inversi贸n que haga un contribuyente en la instalaci贸n de estaciones fijas de recarga para veh铆culos el茅ctricos, en espacios p煤blicos.

 

2.- La deducibilidad en la compra de veh铆culos el茅ctricos e h铆bridos hasta por un monto de 250 mil pesos; as铆 como la deducci贸n de 25 por ciento para la adquisici贸n de bicicletas convencionales y el茅ctricas y de motocicletas el茅ctricas.

 

3.- A las empresas se les dar谩 un cr茅dito fiscal equivalente al 30 por ciento de las inversiones que hagan en investigaci贸n o desarrollo tecnol贸gico, el cual ser谩 aplicable contra el impuesto causado en el ejercicio. El est铆mulo a distribuir ser谩 de mil 500 millones de pesos por ejercicio y de 50 millones de pesos por contribuyente.

 

4.- Se otorgar谩 un cr茅dito fiscal de hasta 10 por ciento del ISR a los proyectos de inversi贸n en infraestructura e instalaciones deportivas especializadas as铆 como a programas para atletas de alto rendimiento. El est铆mulo a distribuir ser谩 de 400 millones de pesos, limitado a 20 millones de pesos por contribuyente, proyecto de inversi贸n y programa.

 

5.- Se obliga a las dependencias y entidades federales y estatales a publicar los padrones de beneficiarios de los programas p煤blicos que otorgan subsidios o apoyos.

 

6.- Los planes personales de retiro podr谩n ser contratados no s贸lo de forma individual, sino tambi茅n de manera colectiva.

 

7- Las asociaciones civiles donatarias podr谩n apoyar econ贸micamente la realizaci贸n de proyectos productivos de peque帽os productores agr铆colas y artesanos que se ubique en zonas con mayor rezago del pa铆s.

 

8.- Se precisan los porcentajes de deducci贸n que ser谩n aplicables para infraestructura fija para el transporte, almacenamiento y procesamiento de hidrocarburos, en plataformas y embarcaciones de perforaci贸n de pozos, y embarcaciones de procesamiento y almacenamiento de hidrocarburos.

 

Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA)

 

1.- Las empresas podr谩n acreditar el IVA de los periodos preoperatorios, de proyectos de infraestructura, en la declaraci贸n del primer mes en el que se realizan las actividades por las que se deba pagar el impuesto o a las que se les aplique la tasa del cero por ciento y aquellas empresas que no lleguen a realizar estas actividades absorber谩n el impuesto trasladado como consumidores finales.

 

2.- No se considerar谩n como actividades de periodos preoperatorios, aqu茅llas relacionadas con la exploraci贸n de hidrocarburos, y por lo tanto las empresas no podr谩n acreditar el IVA de esas actividades.

 

3.- Se propone que cuando los servicios de tecnolog铆a de la informaci贸n sean aprovechados en el extranjero, sean considerados como servicios exportados para los efectos del IVA afectados con la tasa cero, con excepci贸n de los efectuados a trav茅s de redes privadas virtuales.

 

C贸digo Fiscal de la Federaci贸n

 

1.- Los representantes legales de una persona moral estar谩n obligados a inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes.

 

2.- Los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) s贸lo podr谩n cancelarse cuando la persona a favor de quien se expiden acepte su cancelaci贸n.

 

3.- Se reconocer谩 la figura de los proveedores de certificaci贸n de recepci贸n de documentos digitales, con la finalidad de otorgar seguridad jur铆dica a este tipo de terceros autorizados por el SAT.

 

4.- Los proveedores de certificaci贸n de CFDI podr谩n certificarse a trav茅s de un 贸rgano certificador autorizado por el SAT, y ser谩n infraccionados cuando env铆en CFDI al SAT y no cumplan con las especificaciones tecnol贸gicas.

 

Ley Federal del Impuesto Sobre Autom贸viles Nuevos

 

1.- Los veh铆culos el茅ctricos e h铆bridos quedar谩n exentos del Impuesto Sobre Autom贸viles Nuevos, en la enajenaci贸n o importaci贸n definitiva de este tipo de unidades

 

La diputada Rosa Elena Mill谩n Bueno (PRI), integrante de la comisi贸n, fundament贸 el dictamen.

 

La posici贸n de las bancadas la fijaron: Gonzalo Gu铆zar Valladares (PES), Mirna Isabel Sald铆var Paz (NA), Mar铆a Elena Orantes L贸pez (MC), Juan Romero Tenorio (Morena), Adriana Sarur Torre (PVEM), Omar Ortega 脕lvarez (PRD), Javier Antonio Neblina Vega (PAN) y Pablo Basa帽ez Garc铆a (PRI).

 

Se pronunciaron a favor los diputados Santiago Taboada Cortina (PAN), Waldo Fern谩ndez Gonz谩lez (PRD) y Javier Octavio Herrera Borunda (PVEM), mientras que en contra lo hizo Vidal Llerenas Morales (Morena).

 

HSF/JGM

 
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