Palacio Legislativo, 20-10-2016 (Notilegis).- Entre las reformas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que la Cámara de Diputados aprobó este jueves, figura la adición del artÃculo 202, para establecer un estÃmulo fiscal a los contribuyentes que inviertan en proyectos de investigación y desarrollo tecnológico. Esta ley forma parte del dictamen de la miscelánea fiscal que los diputados turnaron al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación. El estÃmulo fiscal consiste en aplicar un crédito fiscal equivalente al 30 por ciento de los gastos e inversiones que realicen las empresas en proyectos de investigación o desarrollo de tecnologÃa, contra el ISR causado en el ejercicio en que se determine dicho crédito. El crédito fiscal no será acumulable para efectos del ISR. El monto total del estÃmulo a distribuir entre los aspirantes del beneficio, no excederá de mil 500 millones de pesos por cada ejercicio fiscal, ni de 50 millones de pesos por contribuyente. Para la aplicación del estÃmulo fiscal se creará un Comité Interinstitucional que estará formado por un representante del Consejo Nacional de Ciencia y TecnologÃa (Conacyt), uno de la SecretarÃa de EconomÃa y uno de la Presidencia de la República responsable de los temas de ciencia y tecnologÃa. También uno del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y uno de la SecretarÃa de Hacienda y Crédito Público (SHCP), quien presidirá el Comité Interinstitucional y tendrá voto de calidad. La SecretarÃa Técnica del Comité estará a cargo del Conacyt. El Comité Interinstitucional publicará a más tardar el último dÃa de febrero de cada ejercicio fiscal, los proyectos y montos autorizados durante el ejercicio anterior, asà como los contribuyentes beneficiados. JGM |