Palacio Legislativo, 08-11-2016 (Notilegis).- La C谩mara de Diputados aprob贸 un dictamen que reforma su Reglamento, para que las y los legisladores que presentan iniciativas sean convocados por las comisiones cuando elaboran el dictamen, a fin de ampliar la informaci贸n. El documento reforma los art铆culos 150, numeral 1, fracci贸n III; 155, numeral 1 y 189, numeral 2 del Reglamento de la C谩mara de Diputados, y surge de una iniciativa que la diputada Mar铆a Ver贸nica Agundis Estrada (PAN) present贸 el 29 de marzo de 2016. Fue avalado por unanimidad, con 421 votos a favor, y se turna para su publicaci贸n en el Diario Oficial de la Federaci贸n. En la exposici贸n de motivos, Agundis Estrada record贸 que los y las diputadas tienen la facultad de presentar ante el Pleno del Congreso de la Uni贸n propuestas legislativas y proposiciones con punto de acuerdo, adem谩s de decretos. Este derecho les otorga la facultad de dar una explicaci贸n amplia, profunda y concisa de manera escrita, sobre la materia que se desea atender y el desarrollo de la misma. La Presidencia de la Mesa Directiva turna los asuntos a una o m谩s comisiones, seg煤n sea el caso, para los efectos pertinentes. Para elaborar el dictamen, generalmente las comisiones se basan en la exposici贸n de motivos que presenta el proponente para emitir juicios te贸ricos que justifican la investigaci贸n, dentro de la cual se precisan beneficios o perjuicios que traer谩 la adecuaci贸n de una ley o exhorto. En la secci贸n d茅cima cuarta sobre discusiones en Comisiones, el art铆culo 189 numeral 2, hace menci贸n sobre dar voz al diputado de la sub comisi贸n para hacer una intervenci贸n inicial sobre el punto a discutir, pero, en la pr谩ctica, en varias comisiones las subcomisiones son inexistentes. La diputada proponente plantea que a la convocatoria de las reuniones plenarias de la comisi贸n se integre al diputado o diputada federal iniciante, cuando as铆 corresponda en el orden del d铆a. En la reforma se plantea que el diputado o diputada que presenta un documento tendr谩 derecho de voz, con la finalidad de ampliar la informaci贸n. Si este no asistiere continuar谩 el proceso. JGM |