Palacio Legislativo 17-11-2016 (Notilegis).- La C谩mara de Diputados aprob贸 con cambios una minuta que dota al Canal de Televisi贸n del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos de autonom铆a t茅cnica y de gesti贸n, para la consecuci贸n de su objetivo, y la devolvi贸 al Senado de la Rep煤blica. Durante su discusi贸n, el presidente de la Comisi贸n de R茅gimen, Reglamento y Pr谩cticas Parlamentarias, diputado Jorge Triana Tena (PAN), fundament贸 el dictamen y present贸 una addendum al documento. Para el mejor desempe帽o de sus labores, el Canal contar谩 con una Comisi贸n Bicamaral, una Direcci贸n General, un Consejo Consultivo, as铆 como de un Defensor de Audiencia, los dos 煤ltimos de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi贸n. Fue creado 1998 con el objetivo de rese帽ar y difundir la actividad legislativa y parlamentaria proveniente de las c谩maras del Congreso de la Uni贸n y la Comisi贸n Permanente, as铆 como contribuir e informar, analizar y discutir p煤blica y ampliamente la actividad legislativa. El dictamen reforma los art铆culos 140 y 141 de la Ley Org谩nica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y surge de senadores que integran la Comisi贸n Bicamaral del Canal de Televisi贸n del Congreso de la Uni贸n. Se aprob贸 en lo general por 347 votos a favor y uno en contra, y tras rechazarse dos reservas presentadas por el mismo n煤mero de diputados, se aval贸 en lo particular con 274 votos a favor y 33 en contra. En la exposici贸n de motivos, se argumenta que el Canal de Televisi贸n del Congreso de la Uni贸n afrontaba limitaciones. Se requer铆a fortalecer su marco jur铆dico para consolidarlo como un medio p煤blico, cuya planeaci贸n program谩tica debe ser integral y coordinada, adem谩s de una gesti贸n p煤blica que permita una mejor organizaci贸n, control y rendici贸n de cuentas de los recursos, agreg贸. Se帽al贸 que con autonom铆a t茅cnica y de gesti贸n operativa se podr谩 superar las deficiencias y tener una amplia difusi贸n de las tareas legislativas, as铆 como de las actividades de inter茅s p煤blico que promuevan la cultura democr谩tica y los valores nacionales. La reforma al art铆culo 140 鈥減ropone otorgarle al Canal del Congreso la naturaleza jur铆dica como 贸rgano o Unidad Responsable Ejecutora del Gasto P煤blico Federal鈥. Refiri贸 que ser谩n las c谩maras de Diputados y de Senadores las que asignen presupuesto al Canal, de acuerdo a sus necesidades, a fin de garantizar la transmisi贸n y calidad del contenido. Indic贸 que el Canal del Congreso funcionar谩 con base en los permisos y las autorizaciones que la autoridad competente le asigne y tendr谩 pleno acceso a las tecnolog铆as y a la innovaci贸n para ampliar su se帽al y alcance para difundir la actividad legislativa y parlamentaria. La modificaci贸n al precepto 141 establece que la Comisi贸n Bicamaral del Canal del Congreso continuar谩 siendo el 贸rgano rector del Canal y sus funciones ser谩n proponer y, en su caso, aprobar su carta de programaci贸n y de transmisiones. Detall贸 que el Consejo Consultivo del Canal del Congreso tendr谩 injerencia en temas de programaci贸n y l铆nea editorial y seguir谩 integrado por ciudadanos expertos en delinear una programaci贸n 煤til a la cultura pol铆tica y formaci贸n educativa. Plante贸 que 鈥渓os presidentes de las c谩maras otorguen poderes de administraci贸n, pleitos y cobranzas al director general del Canal, para que lleve a cabo adquisiciones, contrataciones, licitaciones y servicios fortaleciendo la gesti贸n interinstitucional de 茅ste y deber谩 rendir un informe trimestral ante la Comisi贸n Bicamaral鈥. En un art铆culo segundo transitorio se precis贸 que la Comisi贸n Bicamaral del Canal del Congreso emitir谩 los lineamientos generales de administraci贸n. Estos lineamientos ser谩n de aplicaci贸n bicamaral respecto a las contrataciones, adquisiciones y licitaciones de equipo y otros servicios que requiera el Canal en los 90 d铆as posteriores de su publicaci贸n en el Diario Oficial de la Federaci贸n (DOF). En el quinto transitorio expuso que 鈥渓os trabajadores del Canal del Congreso preservar谩n sus derechos y la vigencia de sus nombramientos, cargos y responsabilidades鈥. NGM/JGM |