Palacio Legislativo, 13-12-2016 (Notilegis).- El Pleno cameral conoció para trámite de publicidad dos dictámenes. Uno establece los requisitos que deberán cubrir los consejeros independientes de Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad para poder desempeñar el cargo. El documento, que será discutido y votado en próxima sesión, modifica diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad. Indica que los consejeros de ambas empresas productivas del Estado, no podrán ocupar durante el tiempo de su gestión cargos en entes privados con los que tengan conflicto de interés, y estarán sujetos a la Ley General de Responsabilidades Administrativas. El segundo dictamen, modifica diversas disposiciones de las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, de Navegación y Comercio MarÃtimos y la de Puertos, a fin de armonizar la legislación en materia marÃtima, en consideración a las modificaciones que la Organización MarÃtima Internacional ha llevado a cabo en los Convenios Internacionales para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS/74), y para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL73/78). Se define a la autoridad marÃtima nacional, que ejercerá la administración marÃtima de México, a través de la SecretarÃa de Marina (Semar) para el ejercicio de la soberanÃa, protección y seguridad marÃtima, y el mantenimiento del Estado de derecho en las zonas marinas mexicanas, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias. Delimita y redistribuye atribuciones que en materia marÃtima y portuaria poseen la Semar y la SecretarÃa de Comunicaciones y Transportes (SCT); entre otras, transfiere las capitanÃas de puerto a la Semar y estipula reglas especÃficas para el buen funcionamiento portuario. Reciben diputados tres minutas En la sesión fueron turnadas a comisiones tres minutas. Una adiciona el artÃculo 106 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para incorporar al Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, incentivos fiscales que apoyen producción y comercialización de productos agropecuarios de pequeños productores del sector social, en especial los definidos en el artÃculo 179 de la misma Ley. Se mandó a la Comisión de Desarrollo Rural. Otra, reforma los artÃculos 61 y 73 de la Ley de Vivienda, a fin de facultar a la SecretarÃa de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) a que, en coordinación con la SecretarÃa de Desarrollo Social (Sedesol), elaboren estimaciones anuales que determinen los recursos federales para cumplimentar la polÃtica de subsidios. Fue enviada a la Comisión de Vivienda. La tercera minuta, reforma la fracción XXI del artÃculo 4 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con la finalidad de cambiar el nombre del Instituto Nacional de Pesca (INAPESCA) por el de Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura. Se canalizó a la Comisión de Pesca. RED/RZJ |