Palacio Legislativo, 28-02-2017 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen para que en la redacción de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, ArtÃsticos e Históricos se sustituya toda mención referida a la SecretarÃa de Educación Pública (SEP) por la recién creada SecretarÃa de Cultura. Se modifican los artÃculos 2, segundo párrafo; 3, fracción II; 5, segundo párrafo; 5, TER fracciones I, IV, V y VII; 14, 20, 34 bis y 4, primer párrafo, de dicha ley. El documento surge de una iniciativa que el diputado Ãngel Antonio Hernández de la Piedra (Morena) presentó el 16 de marzo de 2016, fue aprobado por unanimidad, con 417 votos a favor, y se turna al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación. Se recuerda que el 17 de noviembre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, asà como de otras leyes, para crear la SecretarÃa de Cultura. Sin embargo, señaló Hernández de la Piedra, se omitió la reforma de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, ArtÃsticos e Históricos, sobre las facultades de la SEP como la entidad de la Administración Pública Federal competente ante los monumentos arqueológicos, históricos y artÃsticos que conforman el patrimonio cultural de la nación. En los artÃculos transitorios se establece que “los procedimientos y trámites en los que intervenga la SEP relacionados con el presente ordenamiento, deberán enviarse a la SecretarÃa de Cultura para su seguimientoâ€. Las declaratorias de monumentos que hayan sido expedidas al amparo de la presente ley antes de la reforma, asà como sus inscripciones, subsisten en sus términos y se aplicará lo señalado en el párrafo anterior. El Ejecutivo federal, a través de la SecretarÃa de Cultura, deberá proceder a actualizar el reglamento de la presente Ley y publicarlo en el Diario Oficial de la Federación dentro de los 30 dÃas siguientes a la publicación del presente decreto. Cada uno de los institutos deberá realizar la actualización de los trámites relacionados con la presente reforma ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, dentro de los cinco dÃas siguientes a la publicación del presente decreto. JGM |