En la sesi贸n, el Pleno conoci贸 ocho minutas del Senado de la Rep煤blica. Una de ellas, reforma el art铆culo 93 de la Ley de Migraci贸n, para facultar al Instituto Nacional de Migraci贸n (INM) conocer denuncias formuladas contra extranjeros por la presunta comisi贸n de delitos y s贸lo ser谩 para efectos de control, verificaci贸n o revisi贸n migratoria correspondiente. Se mand贸 a la Comisi贸n de Asuntos Migratorios. A esa misma comisi贸n se canaliz贸 otra minuta que adiciona un p谩rrafo al art铆culo 19 de la Ley de Migraci贸n, para que el INM, dentro de sus obligaciones, salvaguarde los derechos humanos en la ejecuci贸n, control y supervisi贸n de los actos realizados. Una m谩s, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Migraci贸n y de la Ley de Nacionalidad, con el prop贸sito de que el INM actu茅 siempre con estricto apego al respeto y protecci贸n de los derechos humanos y la no discriminaci贸n. Fue remitida a la Comisi贸n de Asuntos Migratorios. Se precisa como condici贸n a las revisiones migratorias que deber谩n realizarse con estricto apego al respeto y protecci贸n a los derechos humanos y a la no discriminaci贸n. Elimina facultades discrecionales a las autoridades en lo referente a la naturalizaci贸n y sus causales de negaci贸n a los extranjeros contempladas en la Ley de Nacionalidad. La cuarta minuta reforma los art铆culos 2, 19, 20, 22 y 24 de la Ley de Migraci贸n, con la intenci贸n de uniformar los t茅rminos de la legislaci贸n con el de la Constituci贸n Pol铆tica en relaci贸n a derechos humanos de migrantes y el fortalecimiento del INM; se actualiza la ley para que se refiera a derechos humanos y se protejan a los mismos, y apoya y fortalece al Instituto Nacional de Migraci贸n. Se turn贸 a la Comisi贸n de Asuntos Migratorios. Otra minuta adiciona una fracci贸n IX Bis al art铆culo 29 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a efecto de que el Instituto Nacional de Pesca (Inapesca) coadyuve con la autoridad competente, en la evaluaci贸n de riesgos cuando se trate de la introducci贸n de organismos gen茅ticamente modificados para uso acu铆cola o para repoblaci贸n de cuerpos de agua conforme a lo establecido en la Ley de Bioseguridad de Organismos Gen茅ticamente Modificados. Fue enviada a la Comisi贸n de Pesca. Con la minuta que reforma el art铆culo 77 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, se plantea que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) en el ejercicio de sus funciones coadyuve en la inspecci贸n y vigilancia del traslado de todo producto pesquero, ya sea vivos, frescos, enhielados o congelados provenientes de la pesca o la acuacultura, que se realice por v铆a terrestre, mar铆tima o a茅rea en cualquier parte del territorio nacional. Se mand贸 a la Comisi贸n de Pesca. A esa misma comisi贸n se remiti贸 la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con la intenci贸n de instituir el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, otorgado por la Secretar铆a de Agricultura, Ganader铆a, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentaci贸n (Sagarpa), para reconocer y premiar a personas f铆sicas o morales cuyo esfuerzo destaque en la realizaci贸n de acciones trascendentes de innovaci贸n, impacto y mejora o buenas pr谩cticas desarrolladas en la pesca o acuacultura sustentables. La octava minuta reforma diversas disposiciones de la Ley de Aviaci贸n Civil, que obliga al titular de la concesi贸n remitir anualmente un informe al 谩rea respectiva de la Secretar铆a de Comunicaciones y Transportes, que se refiera a los doce meses anteriores, con datos t茅cnicos, operativos, administrativos y estad铆sticos del concesionario que permitan conocer la forma en que se ha prestado y desarrollado el servicio p煤blico de transporte a茅reo nacional regular, en relaci贸n con el inter茅s p煤blico y del Estado. La obtenci贸n del certificado de aeronavegabilidad se sujetar谩, adem谩s de lo ya previsto, en normas oficiales emitidas por la Secretar铆a de Comunicaciones y Transportes. Fue enviada a la Comisi贸n de Transportes. Del senador H茅ctor Flores 脕valos (PAN) se recibi贸 iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para eliminar las distorsiones existentes en el mecanismo del IVA; modificar las tasas del impuesto para facilitar su administraci贸n, y fomentar el federalismo fiscal, incorporando un mecanismo de gravamen al consumo que ser谩 aplicado por las entidades federativas de manera similar a la forma como opera actualmente el impuesto local sobre servicios tur铆sticos. Se turn贸 a la Comisi贸n de Hacienda y Cr茅dito P煤blico. El Congreso de Nuevo Le贸n remiti贸 iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes sobre Refugiados, Protecci贸n Complementaria y Asilo Pol铆tico y la de Migraci贸n, a fin de precisar que el extranjero que solicite ser reconocido como refugiado deber谩 presentar por escrito su solicitud ante la Secretar铆a de Relaciones Exteriores. Se canaliz贸 a las comisiones de Gobernaci贸n y de Asuntos Migratorios. 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