Palacio Legislativo, 04-04-2017 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen para que las madres trabajadoras, durante el periodo de lactancia, puedan elegir entre dos descansos de 30 minutos cada dÃa, para alimentar a su hijo, o la reducción de una hora de su jornada laboral, sin afectar su salario o percepciones. Asimismo, para que las madres puedan transferir hasta cinco de las seis semanas de descanso a las que tienen derecho antes del parto, para después de que éste ocurra. Hoy en dÃa, sólo es posible ajustar un máximo de cuatro semanas. El documento surgió de seis iniciativas que presentaron, por separado, diputados de MC (dos iniciativas), PRI (dos iniciativas), PVEM (una iniciativa) y PAN (una iniciativa), entre los meses de mayo y noviembre de 2016. Se aprobó en lo general por 399 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones; tras rechazarse varias reservas fue avalado en lo particular con 301 votos a favor, 83 en contra y nueves abstenciones. Se turnó al Senado para su análisis. Se reforman las fracciones II y IV del artÃculo 170 de la Ley Federal del Trabajo y el precepto 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del ArtÃculo 123 Constitucional. Actualmente la fracción IV del artÃculo 170 de la Ley Federal del Trabajo estipula que las madres trabajadoras tienen derecho a dos descansos de media hora al dÃa para alimentar a sus hijos durante seis meses. Sin embargo, la opción de reducir una hora su jornada no está considerada como un derecho, sino como alternativa para un acuerdo con el patrón. El artÃculo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del ArtÃculo 123 Constitucional, también reconoce el derecho de las madres trabajadoras a disfrutar de dos descansos por dÃa de 30 minutos, pero no considera la opción de reducir una hora su jornada laboral. El dictamen indica, para ambas legislaciones, que cuando una madre trabajadora no pueda usar sus dos descansos de media hora al dÃa, podrá optar por la reducción de su jornada laboral, previa notificación formal dirigida al patrón o superior jerárquico. Precisa que la notificación “deberá contar con el acuse de recibo y fecharse con al menos cinco dÃas hábiles de anticipación al dÃa que decida hacer uso de su derecho†La Comisión de Trabajo y Previsión Social determinó eliminar la obligación de la madre trabajadora en periodo de lactancia, de tomar en cuenta la opinión del patrón para acceder al derecho de reducir su jornada laboral en una hora, sin que se vean afectados sus ingresos, con base en el interés superior del menor de edad y en beneficio de la madres trabajadoras. También consideró que la posibilidad de transferir una semana adicional, para pasar de cuatro a cinco del preparto al postparto –siempre y cuando la salud de la madre y del producto lo permitan– “fortalece la autonomÃa de la madre trabajadora para ponderar estar más tiempo con el recién nacido, en beneficio de los primeros cuidadosâ€. HSF/JGM |