Palacio Legislativo, 27-04-2017 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que adiciona un segundo párrafo al artÃculo 78 de la Ley Federal del Trabajo, para establecer que los patrones no podrán considerar los dÃas de descanso obligatorios como parte o a cuenta de las vacaciones. Tampoco deberán de considerar como vacaciones los dÃas que la empresa o institución otorgue por concepto de aniversario o efeméride. El documento surge de una iniciativa que el diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido (MC) presentó el 29 de septiembre de 2016, fue aprobado por 397 votos a favor, cero en contra y una abstención y se turnó al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación. El legislador recordó que los empleados tienen derecho a disfrutar de vacaciones conforme a la antigüedad que hubieran creado en la empresa. Sin embargo, agregó, en la práctica existen empleadores que negocian los dÃas de vacaciones, ya sea para pagarlas o para tomar los dÃas festivos a cuenta de los dÃas de vacaciones que les corresponden a los empleados, “cayendo de esta manera en prácticas que en materia jurÃdica no existenâ€. Mencionó que las vacaciones no solo deben tomarse como un asunto legal o social, ya que son sumamente importantes para el bienestar general y la productividad, “debiéndose considerar como una necesidad biológica y mentalâ€. Ralis Cumplido resaltó que es obligación del patrón entregar por escrito las condiciones de trabajo en las que se tienen contemplados los dÃas de descanso, vacaciones y demás que se acuerden con el trabajador. El artÃculo 78 de la Ley Federal del Trabajo instituye que los dÃas de vacaciones deberán ser continuos y el artÃculo 79 prohÃbe que estos se reemplacen con una remuneración, agregó el diputado de MC. JGM |