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Nota N°. 7130 Pide Damián González a IMSS e ISSSTE que el salario mínimo sea la unidad de referencia para pensiones y otras prestaciones de seguridad social

Palacio Legislativo, 12-06-2017 (Notilegis).- La Presidenta de la Comisión de Seguridad Social, Araceli Damián González (Morena), solicitó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) utilizar el salario mínimo como unidad de referencia para pensiones y otras prestaciones de seguridad social.

“Utilizar la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en el rubro de seguridad social y pensiones, perjudica a derechohabientes y afiliados del IMSS e ISSSTE, ya que se ubica por debajo de los 75.5 pesos, mientras que el salario mínimo rebasa los 80 pesos al díaâ€, dijo la legisladora en un comunicado.

Comentó que, el 30 de mayo pasado, presentó un punto de acuerdo ante la Comisión Permanente, para solicitar que ambos organismos utilicen el salario mínimo como unidad de referencia, “porque constituye una variable con impacto directo en las pensiones y cualquier otro tipo de prestaciones de seguridad socialâ€.

Recordó que el 27 de enero de 2016 entró en vigor la reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo, la cual elimina a éste en el trámite de diversas disposiciones legales y da paso al UMA.

Damián González detalló que el artículo 28 de la Ley del Seguro Social establece que los asegurados se inscribirán con el salario base de cotización que perciban en el momento de su afiliación, fijándose como límite superior el equivalente a 25 veces el salario mínimo general que rija en el Distrito Federal y como límite inferior el salario mínimo general del área geográfica respectiva.

El artículo 36 de la misma ley determina que corresponde al patrón pagar íntegramente la cuota señalada para los trabajadores, en los casos en que éstos perciban como cuota diaria el salario mínimo, agregó.

La diputada de Morena explicó que una pensión no es más que un “salario diferido†destinado a satisfacer el rol del ingreso, una vez que el trabajador se enfrenta a la vejez, una enfermedad o la invalidez, entre otros aspectos.

“No ocurre lo mismo con multas, sanciones o préstamos. Todos ellos, de manera incongruente, referenciados en salarios mínimos, son por obligaciones de naturaleza completamente ajena a la del citado ingreso constitucionalâ€, destacó.

“Para estos últimos supuestos ha sido diseñada la reforma constitucional de desindexación del salario mínimo, la cual en ningún caso debe afectar a las pensiones y a otras prestaciones análogasâ€, añadió.

Damián González refirió que también exhortó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y al resto de las autoridades responsables a garantizar que las prestaciones análogas al salario –como becas y transferencias, entre otras– continúen sujetas al salario mínimo.

LSN/JGM

 
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