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Nota N°. 8194 Aprueban diputados reformas a Ley General de Desarrollo Social, a fin de precisar que el derecho a la vivienda debe garantizarse de forma digna y decorosa

 

Palacio Legislativo, 24-10-2017 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 413 votos a favor, un dictamen que reforma la Ley General de Desarrollo Social, a fin de precisar que el derecho a la vivienda debe garantizarse de forma digna y decorosa.

 

Señala que su calidad y espacios, así como el acceso a sus servicios básicos, serán indicadores para la medición de la pobreza, y establece que son prioritarios los instrumentos y apoyos para que toda la familia pueda disfrutar de una vivienda digna y decorosa.

 

El documento reforma los artículos 6, 19, facción VII y 36, fracciones V y VI de esa Ley, surgió de una iniciativa que la diputada Carmen Victoria Campa Almaral (NA) presentó en abril pasado y se turnó al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

 

En la exposición de motivos se precisa que el derecho a la vivienda en dicha ley se le da un trato genérico, sin considerar los alcances que sobre esta garantía establece la Constitución y la Ley de Vivienda.

 

“La Ley General de Desarrollo Social se refiere al concepto de vivienda de manera genérica y, bajo esta visión, por vivienda se entiende cualquier recinto, separado o independiente, construido o adaptado para el albergue de personas”, indica.

 

Subraya que las discrepancias entre los términos y los alcances que contiene la Ley General de Desarrollo Social y los de las Carta Magna, en relación al derecho a la vivienda, deben ser corregidas y armonizadas, para evitar interpretaciones equivocadas.

 

Asimismo, explica que la Ley de Vivienda vigente establece como vivienda digna y decorosa aquella que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos, construcción y salubridad; que cuente con espacios habitables y auxiliares, así como con los servicios básicos.

 

Además, que brinde seguridad jurídica a sus ocupantes en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y que contemple criterios para la prevención de desastres y protección física de los habitantes; sin embargo, estas características han sido omitidos en la Ley General de Desarrollo Social.

 

La Comisión de Desarrollo Social consideró que armonizar la Ley General de Desarrollo Social con la Constitución Política y la Ley de Vivienda, es fundamental para garantizar el derecho a las familias para acceder y gozar de una vivienda digna y decorosa, particularmente para las que pertenecen a los grupos sociales más vulnerables.

 

NGM/JGM

 
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