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Nota N°. 8461 Aprueban diputados reformas a la Ley General de Equilibrio Ecol贸gico, para que estados y municipios atiendan contaminaci贸n por materiales de construcci贸n

 

Palacio Legislativo 21-11-2017 (Notilegis).- La C谩mara de Diputados aprob贸 un dictamen que modifica la Ley General del Equilibrio Ecol贸gico y Protecci贸n al Ambiente, para que gobiernos de estados y municipios establezcan medidas de prevenci贸n y atenci贸n a la contaminaci贸n por producci贸n de materiales de construcci贸n.

 

Plantea que se establezca la concurrencia y delimitaci贸n de competencias en el caso de la prevenci贸n y atenci贸n a la contaminaci贸n por actividades de terrenos que producen materiales de construcci贸n, a partir de la firma de convenios o acuerdos entre los tres niveles de gobierno.

 

El dictamen surgi贸 de una iniciativa que diputados del PAN suscribieron el pasado 28 de abril, fue aprobado por unanimidad, con 379 votos a favor, y se turn贸 al Senado de la Rep煤blica para su an谩lisis y eventual ratificaci贸n.

 

Adiciona una fracci贸n VIII, recorri茅ndose las subsecuentes en su orden al art铆culo 11 y reforma el primer p谩rrafo de la fracci贸n I del art铆culo 12, de la Ley General del Equilibrio Ecol贸gico y Protecci贸n al Ambiente.

 

El art铆culo 11 se refiere a los convenios o acuerdos de coordinaci贸n que la federaci贸n podr谩 suscribir, con el objeto de que gobiernos estatales y municipios asuman ciertas facultades en el 谩mbito de su jurisdicci贸n territorial.

 

La fracci贸n que se adiciona establece la prevenci贸n y control de la contaminaci贸n generada por el aprovechamiento de las sustancias no reservadas a la Federaci贸n, que constituyan dep贸sitos de naturaleza similar a los componentes de los terrenos.

 

Entre estos componentes menciona rocas o productos de su descomposici贸n, que s贸lo puedan utilizarse para la fabricaci贸n de materiales para la construcci贸n u ornamento de obras.

 

Con la modificaci贸n al art铆culo 12 se incluyen los convenios que se celebrar谩n a petici贸n de una entidad federativa y/o los municipios, cuando 茅stos cuenten con los medios necesarios, el personal capacitado, los recursos materiales y financieros.

 

Los municipios tambi茅n deben contar con la estructura institucional espec铆fica para el desarrollo de las facultades que asumir铆an y que para tales efectos requiera la autoridad federal.

 

RZJ/JGM

 
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