05 de mayo 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Mayo 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1 2 3 4 5
6 7 8 9 10 11 12
13 14 15 16 17 18 19
20 21 22 23 24 25 26
27 28 29 30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Nota N°. 8549 Aprueban diputados pena hasta por nueve años de prisión y multa por tres mil días, a quien abandone un ejemplar de fauna silvestre, del que tiene una obligación

 

Palacio Legislativo, XX-11-2017 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que establece una pena de uno a nueve años de prisión y multa por el equivalente de 300 días a tres mil días, a quien abandone un ejemplar de fauna silvestre, del que tiene una obligación en términos de lo dispuesto en el Código Penal Federal.

 

El documento reforma la fracción V del artículo 420 del Código Penal Federal, surge de una iniciativa que el diputado Jesús Sesma Suárez, coordinador de la bancada del PVEM, presentó el pasado 19 de septiembre, se aprobó por unanimidad, con 380 votos a favor, y se turna al Senado para su análisis.

 

El artículo 420 de esa ley establece que se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de 300 a tres mil días de multa, a quien cometa una serie de ilícitos y en la fracción V figura: dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas señaladas en la fracción anterior.

 

Con esta reforma se adiciona: “o cuando se abandone un ejemplar de fauna silvestre teniendo respecto de este una obligación en términos de lo dispuesto por la Ley General de Vida Silvestre”.

 

El legislador señaló en sus consideraciones la importancia de la conservación de la vida silvestre, la protección de animales y plantas salvajes, para permitir su continuidad como recurso natural.

 

Sesma Suárez comentó la ausencia actual de un trato digno y respetuoso a ejemplares de la vida silvestre, así como la poca sensibilidad en la bioética del manejo de bienestar animal, específicamente enfocándose en el abandono de especies.

 

Dijo que resulta común que abandonen a los animales que han llegado a la edad adulta y ya no resultan las mismas ganancias en su comercialización, o los que son adquiridos y al poco tiempo después de la euforia inicial o bien cuando nadie los quiere o se consideran una molestia.

 

También comentó que recientes reformas sobre la prohibición de animales en los circos han provocado el aumento del abandono de diversos animales de la fauna silvestre en jaulas de traslado, sin alimentos, ni agua, a pesar de los esfuerzos de la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente (Profepa).

 

La Comisión de Justicia, que elaboró el dictamen, señaló que, de acuerdo con la normatividad internacional, el abandono a los animales se considera un acto cruel y degradante y por lo tanto contrario a la dignidad y al respeto de los animales.

 

Por eso razón, “se considera que se debe elevar el estándar de protección de los animales, para garantizar su preservación y el derecho al media ambiente y el desarrollo sostenible”.

 

MAV/JGM

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Mayo | Marzo | Junio | Julio | Febrero | Enero | Abril |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación