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Nota N°. 9736 Dan publicidad a dict谩menes sobre minuta del Senado que aborda la donaci贸n de 贸rganos y de una iniciativa que expide la Ley General de Justicia C铆vica e Itinerante

Palacio Legislativo, 12-04-2018 (Notilegis).- El Pleno de la C谩mara de Diputados conoci贸, para su pr贸xima discusi贸n, los dictamenes sobre la minuta del Senado que aborda la donaci贸n de 贸rganos y de una iniciativa que expide la Ley General de Justicia C铆vica e Itinerante, los cuales se abordar谩n en pr贸ximas sesiones.

La Comisi贸n de Salud aprob贸, con cambios a tres art铆culos, la minuta del Senado que busca reformar los art铆culos 320, 321, 321 Ter, 322, 324, 325, 326, 327 y 329 de la Ley General de Salud, por lo que, de ser avalada en el Pleno, ser谩 devuelta a la C谩mara alta.

Esta propuesta establece que toda persona ser谩 donadora de 贸rganos, a menos que haya manifestado su voluntad de no serlo bajo alguna de las formas establecidas en la legislaci贸n.

Asimismo, determina que la Secretar铆a de Salud, en coordinaci贸n con las entidades federativas, promover谩n, respetar谩n, proteger谩n y garantizar谩n que la poblaci贸n est茅 plenamente informada del consentimiento presunto y que disponga de un medio accesible para manifestar, en su caso, su oposici贸n a donar sus 贸rganos.

Adem谩s, puntualiza que se instar谩 a que, toda instituci贸n de salud, por medio de su personal, solicite de manera oficial y sistem谩ticamente a todo paciente con capacidad jur铆dica, que exprese su voluntad para donar de manera voluntaria y altruista sus 贸rganos con fines de trasplantes.

En caso de no existir una respuesta afirmativa o negativa, ser谩 donadora de 贸rganos, siempre y cuando se respeten los derechos de los familiares a decidir.

El dictamen precisa que la donaci贸n expresa deber谩 realizarse por escrito o por los medios electr贸nicos disponibles, mientras que el consentimiento presunto s贸lo aplicar谩 para la donaci贸n de 贸rganos y tejidos una vez que se confirme la p茅rdida de la vida del disponente, informando de manera inmediata a sus familiares de dicho acontecimiento.

Se precisa que el consentimiento tendr谩 las siguientes restricciones: respecto de las personas que sean menores de edad, incapaces o que por cualquier circunstancia se encuentren impedidas para expresarlo libremente, no ser谩 v谩lido.

De igual manera, se determina que los gastos en que se incurra con motivo de la extracci贸n del 贸rgano objeto de donaci贸n, formar谩n parte de los costos propios del trasplante y ser谩n imputables al sistema de salud, dependencia o entidad receptora.

Finalmente, los centros nacional y estatales de trasplantes garantizar谩n que ni el receptor de un trasplante o su familia conozcan la identidad del donante ni los familiares del donante sabr谩n qui茅n es el receptor.

Conocen diputados dictamen que plantea creaci贸n de Ley General de Justicia C铆vica e Itinerante

Por otra parte, se dio publicidad al dictamen que expide la Ley General de Justicia C铆vica e Itinerante, con el prop贸sito de establecer que los tres 贸rdenes de gobierno deber谩n acercar mecanismos de resoluci贸n de conflictos, as铆 como tr谩mites y servicios a poblaciones alejadas, de dif铆cil acceso y zonas marginadas.

El documento, que surge de una iniciativa que turn贸 el Ejecutivo a la C谩mara de Diputados, determina que los juzgados podr谩n privilegiar la soluci贸n de conflictos sobre los formalismos procedimentales, siempre que no afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos.

Apunta que la justicia itinerante establecer谩 la preparaci贸n y el desarrollo de las jornadas, su ubicaci贸n y su periodicidad; las dependencias, entidades y otras instituciones participantes, y los tr谩mites y servicios que prestar谩n, as铆 como los mecanismos de seguimiento para aquellos que nos sean de resoluci贸n inmediata.

Durante estas jornadas podr谩n atenderse conflictos individuales, colectivos o comunales, con asistencia judicial o haciendo uso de mecanismos alternativos de soluci贸n de conflictos. Asimismo, tendr谩n la facultad de celebrar convenios de colaboraci贸n con el sector privado, acad茅mico y social.

RED/JGM

 
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