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Nota N°. 9826 Reforman diputados Ley General de Salud para sustituir referencia a la derogada ley de protección de menores por la norma vigente

 

Palacio Legislativo, 19-04-2018 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó reformar el párrafo tercero del artículo 77 de la Ley General de Salud, para sustituir la referencia que se hace a la derogada Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, por la norma vigente.

 

El 4 de diciembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de los Derechos de la Niñas, Niños y Adolescentes, la cual abrogó la Ley para la Protección de los Derecho de Niñas, Niños y Adolescentes, pero la Ley General de Salud conserva esta última denominación.

 

El dictamen surge de una iniciativa que la diputada Angélica Reyes Ãvila (NA) presentó el pasado 6 de febrero, fue aprobado por unanimidad, con 309 votos a favor, y se turnó al Senado de la República para su análisis.

 

En el documento se señala que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes representa un avance sin precedentes en México, porque constituye un nuevo paradigma de la función del Estado para garantizar, proteger y promover los derechos humanos de estos menores.

 

Recuerda que, una vez que la referida Ley General inició su vigencia, empezó el trabajo de armonización y modificación, respecto de otras leyes del ordenamiento jurídico nacional, con el propósito de reflejar en ellas el nuevo esquema garantista de derechos de la infancia y la adolescencia.

 

Es en ese contesto que la legisladora propone la actualización de la Ley General de Salud, “con la finalidad de contribuir a generar certeza jurídica a las niñas, niños y adolescentes, así como a juzgadores, de que la norma que se hace mención en el último párrafo del artículo 77 es a una ley vigente y no como actualmente figura.

 

La legisladora resalta la necesidad de esta modificación, “porque un sistema jurídico con principios y planteamientos ambiguos o anacrónicos, impacta negativamente en los niveles de seguridad jurídica que la ley debe proveer en cualquier estado de derecho, basada en la claridad de los textos normativos que se aplicanâ€.

 

RZJ/JGM

 
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