Palacio Legislativo 26-04-2014 (Notilegis).- El Pleno de la C谩mara de Diputados aprob贸 en lo general y particular, con 327 votos, reformar y adicionar diversas disposiciones a la Ley General para la Atenci贸n y Protecci贸n a Personas con la Condici贸n del Espectro Autista, a fin de promover la integraci贸n e inclusi贸n a la sociedad de quienes se encuentran en esta condici贸n en un marco de respeto, igualdad y equiparaci贸n de oportunidades. El dictamen que pas贸 al Senado de la Rep煤blica para sus efectos Constitucionales, establece que se favorece en todo momento los principios de pro persona e inter茅s superior de la ni帽ez, y sin perjuicio de los derechos tutelados por otras leyes u otros ordenamientos. Tambi茅n, que se instaura la forma de participaci贸n de los familiares en el dise帽o, implementaci贸n, monitoreo y evaluaci贸n de acciones para la atenci贸n, asistencia y protecci贸n de sus derechos y garant铆as. La reforma se帽ala que la ley instituye las facultades, competencias, concurrencia y bases de coordinaci贸n entre la Federaci贸n, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de M茅xico, para atender sus derechos y protecci贸n. Aclara que discapacidad es cualquier limitaci贸n que presentan las personas con la condici贸n del espectro autista de car谩cter f铆sico, mental, intelectual o sensorial, permanente o temporal para llevar a cabo determinadas actividades. La tolerancia, precisa, es el respeto hac铆a opiniones, ideas o actitudes de personas con la condici贸n del espectro autista o lo que es diferente de lo propio, y puede manifestarse como un acto de indulgencia ante algo que no se quiere o no se puede impedir. La discriminaci贸n por motivos de su condici贸n autista se da en cualquier distinci贸n, exclusi贸n o restricci贸n que tenga el prop贸sito o el efecto de obstaculizar el reconocimiento de los derechos humanos, garant铆as y libertades en los 谩mbitos econ贸mico, social, cultural, civil o de cualquier otro tipo. Corresponder谩 al Estado a trav茅s de las dependencias de la Administraci贸n P煤blica Federal, organismos constitucionales aut贸nomos, gobiernos de las entidades federativas y municipios, en el 谩mbito de sus respectivas competencias, promover el respeto, ejercicio de los derechos y garant铆as que les asisten. Adem谩s, las instituciones educativas p煤blicas o privadas de educaci贸n preescolar, educaci贸n b谩sica, educaci贸n media y de nivel superior, deber谩n tener conocimiento de las caracter铆sticas presentadas por las personas en esta situaci贸n y condiciones similares sobre su manejo en aula de clases. Las personas autistas y/o sus familias tienen derecho a recibir formaci贸n y capacitaci贸n para obtener un empleo adecuado, con contrataciones justas, estables y sin discriminaci贸n ni prejuicios, promoviendo igualdad de oportunidades, promoci贸n de habilidades para ellas, promoviendo el derecho al trabajo tanto en la empresa p煤blica como en la privada y que no se le asignen labores que los pongan en situaciones de riesgo. Contar谩n con los servicios de los centros de asistencia social donde se les proporcionar谩 el cuidado alternativo o acogimiento residencial, aquellas personas que se encuentren sin cuidado parental o familiar. Desde su curul la diputada Patricia Aceves Pastrana (Morena), presidenta de la Comisi贸n Especial para revisar y analizar la legislaci贸n y pol铆tica en materia de atenci贸n a la ni帽ez y la adolescencia con autismo y otros trastornos generalizados del desarrollo, expres贸: es un gran d铆a para la comunidad de las personas que viven en esta condici贸n, agradeci贸 a los integrantes de las comisiones de Salud y de la que preside el trabajo realizado. La diputada Kathia Bolio Pinelo (PAN), secretaria de la Comisi贸n Especial, dijo que este dictamen dar谩 mejor calidad de vida a las familias que viven en el espectro autista. RED/FQA |