Palacio Legislativo, 30-04-2019 (Notilegis).– La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma la Ley General de Bienes Nacionales, para garantizar el libre acceso y tránsito en las playas. Asimismo, para establecer una multa de entre 3 mil y 12 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a los concesionarios o propietarios de terrenos colindantes con las playas que impidan el acceso a éstas. El Pleno lo aprobó, en lo general y en lo particular, con 406 votos, siete en contra y 20 abstenciones, y lo turnó al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación. El documento surgió de dos iniciativas que presentaron las diputadas Julieta MacÃas Rábago (MC), el 4 de octubre de 2018, y Carmina Yadira Regalado Mardueño (Morena), el 20 de noviembre de ese mismo año. El proyecto de decreto reforma los artÃculos 8 y 127 de la Ley General de Bienes Nacionales, y adiciona un artÃculo 154. En el artÃculo 8 se establece que “el acceso a las playas marÃtimas y la Zona Federal MarÃtimo Terrestre contigua a ellas no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado salvo en los casos que establezca el reglamento (administrativo)â€. En el artÃculo 154 se estipula que “se sancionará con multa de entre 3 mil y hasta 12 mil veces la UMA a los propietarios de terrenos colindantes con la Zona Federal MarÃtimo Terrestre o los titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la Zona Federal MarÃtimo Terrestre que por cualquier medio o acto impidan, inhiban, restrinjan, obstaculicen o condicionen el acceso a la zona federal marÃtimo terrestre y a las playas marÃtimasâ€. Agrega que para el caso de los concesionarios, en caso de reincidencia, además de la sanción señalada, se revocará la concesión, autorización o permiso. La Comisión de Justicia, que elaboró el dictamen, señaló que las playas mexicanas son públicas y deben permanecer accesibles a todo ciudadano, pero persisten múltiples denuncias de ciudadanos que han visto restringido su derecho al disfrute de las mismas. “La restricción al acceso de playas que realizan los propietarios de predios colindantes a la Zona Federal MarÃtimo Terrestre, no sólo violenta el artÃculo 2º constitucional al discriminar a los ciudadanos, sino que pretende un derecho donde no hay, es decir, dichos propietarios, concesionarios o permisionarios, asumen como propia una franja que no está en el comercio y cuyo domino corresponde a la naciónâ€, externó. HSF |