- El documento reforma el art铆culo 7 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; entra en vigor ma帽ana
Palacio Legislativo, 13-04-2020 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federaci贸n (DOF) public贸 el decreto que modifica la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, para armonizar algunos de sus conceptos con los usados a nivel internacional. El documento, que reforma diversas fracciones del art铆culo 7 de la legislaci贸n, entrar谩 en vigor ma帽ana martes 14 de abril. Adiciona y homologa los conceptos de: bosque; p茅rdida de vegetaci贸n forestal; deforestaci贸n; degradaci贸n forestal; degradaci贸n de terrenos forestales arbolados; selva; p茅rdida de vegetaci贸n forestal; otros terrenos forestales; terreno diverso al forestal; terreno forestal arbolado; terreno temporalmente forestal; y vegetaci贸n secundaria nativa. Estos conceptos, con amplio consenso en el 谩mbito internacional, son utilizados por instituciones mundiales como la Organizaci贸n de las Naciones Unidas para la Alimentaci贸n y la Agricultura, y la Convenci贸n del Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Clim谩tico. Con estas adecuaciones se contribuye a dar certeza sobre la presencia o ausencia de cada tipo de ecosistema y, por lo tanto, sobre los tipos de cambio de uso de suelo que puedan presentar. De acuerdo con la Conafor, el pa铆s tiene una extensi贸n de 137.8 millones de hect谩reas cubiertas por alg煤n tipo de vegetaci贸n forestal, de las cuales el 47.7 por ciento corresponde a bosques, selvas, manglares y otras asociaciones vegetales. La reforma fue aprobada por el Congreso de la Uni贸n el pasado 27 de febrero. * * * * |