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Nota N°. 4256 Plantea PVEM reformas a la Ley de Aguas Nacionales para promover la captaci贸n y uso eficiente del agua de lluvia
  • Propone que la Conagua establezca criterios de balance h铆drico en el desarrollo de nuevas construcciones urbanas para prevenir inundaciones

 

Palacio Legislativo 05-02-2020 (Notilegis).- El Grupo Parlamentario del PVEM present贸 una iniciativa que reforma la Ley de Aguas Nacionales, para que la Comisi贸n Nacional del Agua (Conagua) fomente la captaci贸n, recuperaci贸n y uso eficiente del agua de lluvia como medida de mitigaci贸n de la creciente demanda del l铆quido para uso dom茅stico en las zonas urbanas.

 

Asimismo, establezca criterios de balance h铆drico en el desarrollo de nuevas construcciones urbanas o en la remodelaci贸n y mantenimiento de las existentes, con el objetivo de prevenir inundaciones, mejorar el aprovechamiento de las tierras y la protecci贸n a los centros de poblaci贸n, industriales y, principalmente, la vida de las personas y sus bienes.

 

Plantea precisar que ampliaciones o renovaciones de sistemas municipales de drenaje y alcantarillado incluir谩n dispositivos o medios para la regulaci贸n, detenci贸n y retenci贸n de los caudales; y, para la preservaci贸n de la calidad del agua.

 

En tribuna, al presentar la iniciativa, el diputado Oscar Bautista Villegas, apunt贸 que esta propuesta representa la posibilidad de contar con herramientas y enfoques innovadores que fortalezcan a las administraciones locales y a la vez, desarrollen su capacidad para enfrentar nuevos desaf铆os, protegiendo los recursos humanos, econ贸micos y naturales.

 

Expuso que el crecimiento urbano de las 谩reas metropolitanas ha generado cambios considerados en la hidrograf铆a, provocando inundaciones m谩s frecuentes, debido a que, en una superficie urbanizada, la filtraci贸n del agua es de apenas el 10%, y el 90% se escurre sin tener ning煤n aprovechamiento.

 

Subray贸 que lo anterior da帽a el medio ambiente y el patrimonio de las y los mexicanos.

 

鈥淟os problemas del dise帽o, la falta de infraestructura o que 茅sta sea insuficiente, provocan un aumento en los vol煤menes de escurrimiento; as铆 como el tiempo de concentraci贸n del agua, poniendo en riesgo a las personas y sus bienes鈥, reiter贸.

 

Bautista Villegas refiri贸 que, seg煤n la Organizaci贸n de las Naciones Unidas (ONU), la mitad de la poblaci贸n vive en grandes ciudades y para el a帽o 2030 casi el 60% de la poblaci贸n mundial vivir谩 en zonas urbanas.

 

El texto estipula en su art铆culo segundo transitorio que la Conagua tendr谩 un periodo de 18 meses a partir de la entrada en vigor del presente decreto para modificar o, en su caso, emitir los reglamentos y Normas Oficiales Mexicanas (NOM), que den cumplimiento al art铆culo 83 BIS, de conformidad con el art铆culo 100 de la Ley de Aguas Nacionales.

 

En este sentido, la Comisi贸n expedir谩 los requisitos y criterios que deber谩n cumplir los sistemas de drenaje pluvial de los centros de poblaci贸n mediante las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes para proporcionar a las autoridades locales el marco normativo t茅cnico que puedan usar como referencia para la preservaci贸n de la calidad de agua pluvial que se colecta y conduce en los sistemas de drenaje pluvial.

 

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