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Nota N°. 5448 Abril Alcalá y Antonio Ortega piden a Condusef acabar con abusos por transacciones en terminales de punto de venta

• La ley faculta a la Comisión para eliminar este tipo de agravios contra negocios mercantiles y consumidores

Palacio Legislativo, 15-06-2020 (Notielgis).– El PRD pidió a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) crear un comparador de costos y comisiones por el uso de Terminales de Punto de Venta (TPV), a fin de acabar con abusos en transacciones como las registradas durante la contracción económica a causa del Covid 19.

Para tal efecto, los diputados Abril Alcalá Padilla y Antonio Ortega Martínez solicitaron que dicho comparador se incluya en el Buró de Entidades Financieras que publica en su portal de internet, para que los usuarios puedan consultar y conocer la información completa que les ayude a evitar comisiones excesivas.

Cada vez más negocios aceptan pagos con tarjeta para atraer más clientes, pero la contratación del servicio y la de los TPV se realiza en un mercado con precios y comisiones diversas entre sí, varios de los cuales resultan abusivos.

Destacaron que hay comisiones que van desde el 1.98% hasta el 4% de la operación, así como costos de afiliación o entrega de terminal de los 250 hasta los 350 pesos, y las penalizaciones por incumplimiento de metas superan los 650 pesos.

Recordaron que estas comisiones deben ser pagadas por los negocios y no por los clientes; sin embargo, esto no se encuentra regulado y en ocasiones piden que el cliente pague la comisión.

“Debido a lo anteriormente expuesto, consideramos necesario que se diseñe un comparador de cuotas y comisiones de TPV bancarios y no bancarios para que los usuarios de servicios financieros puedan revisar sus opciones y contratar la que mejores condiciones les presenteâ€, expresaron los legisladores en un comunicado.

La Condusef ya tiene creado el Buró de Entidades Financieras en virtud del mandato que le otorga la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros en su artículo 8 bis. Así publica información que permite a usuarios de servicios financieros revisar contratos, tasas, cuotas y comisiones de los bancos con los servicios que ofrecen.

Esa información debe complementarse con la relativa a las TPV. La misma Ley prevé, en su artículo 56 Bis, “que los contratos de adhesión que utilicen las Instituciones financieras para la celebración de operaciones con usuarios, en adición a los requisitos a los que están sujetos conforme a ésta y, en su caso, otras leyes, no deberán contener cláusulas abusivasâ€, añadieron.

Los legisladores solicitaron al Congreso de la Unión respaldar su exhorto, que consideraron necesario aprobar a fin de contribuir a la superación de la problemática económica de varias negociaciones que utilizan las TPV.

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