- Presenta iniciativa para reformar el Código Civil Federal para proscribir todo acto u omisión que les provoque dolor, molestia o humillación
Palacio Legislativo, 26-11-2020 (Notilegis).- La diputada Verónica Juárez Piña, coordinadora del Grupo Parlamentario del PRD, a fin de prevenir y evitar daños fÃsicos, psicológicos y morales a niñas y niños por indebidos castigos corporales a manos de padres, madres o cualquier otro miembro de la familia con el pretexto de “corregirlos†y “disciplinarlosâ€, propuso prohibir tales prácticas en el Código Civil Federal. A través de un comunicado, informó que presentó una iniciativa para modificar el artÃculo 323 Bis de dicho ordenamiento, con miras a que en particular a niñas, niños y adolescentes se les respete su integridad fÃsica, psÃquica y moral en el seno familiar, de modo que éste no sea el lugar más peligroso para ellas y ellos. Además, planteó agregar un párrafo al artÃculo 323 Ter para prohibir que la madre, padre, tutor y cualquier miembro de la familia o persona que los tenga a su cuidado utilice el castigo corporal o cualquier tipo de trato humillante como forma de corrección o disciplina. Propone adoptar la definición de “castigo corporal y humillante†que está prevista en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. El artÃculo 323 Ter del Código Civil Federal, a su vez, ya contiene una definición de “violencia familiar†como â€el uso de la fuerza fÃsica o moral, asà como las omisiones graves, que de manera reiterada ejerza un miembro de la familia en contra de otro integrante de la misma, que atente contra su integridad fÃsica, psÃquica o ambas independientemente de que pueda producir o no lesiones; siempre y cuando el agresor y el agredido habiten en el mismo domicilio y exista una relación de parentesco, matrimonio o concubinatoâ€. Con algunos cambios, Juárez Piña propone que se considere como “el uso intencional de la fuerza fÃsica, moral o de cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, molestia o humillación, incluyendo el castigo corporal y humillante contra niñas, niños y adolescentes, asà como las omisiones graves que ejerza un miembro de la familia en contra de otro integrante de la misma, que atente contra su integridad fÃsica, psÃquica y moral independientemente de que pueda producir o no lesiones; siempre y cuando el agresor y el agredido habiten en el mismo domicilio y exista una relación de parentesco, matrimonio o concubinatoâ€. Juárez Piña dijo que el Estado Mexicano está obligado, por su propia normatividad interna y por la internacional, al menos desde 1990, a proteger los derechos humanos de la infancia y la adolescencia, asà como a propiciar su desarrollo. Para ello debe avanzar con diversas acciones -entre ellas legislativas como ésta que propone- para protegerlos de toda forma de perjuicio o abuso fÃsico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo. Sin embargo, su omisión ha resultado en que los castigos corporales todavÃa sean vistos como “medio indispensable para la formación y disciplina†que un padre puede y debe dar a sus hijos, y como parte de un modelo educativo o correctivo institucional. AsÃ, niñas, niños y adolescentes son vÃctimas de nalgadas, bofetadas, falta de alimentos u otras prácticas más severas en escuelas e instituciones, pero también en su propio hogar. Como la mayorÃa de las personas han pasado por dicha experiencia, afirma la parlamentaria jalisciense, se percibe como práctica tolerada o aceptada, pero pocas veces “nos cuestionamos el verdadero significado detrás de dichas prácticas o agresiones y cómo éstas impactan en una cultura de violencia sembrada desde la infancia, contraria a la dignidad humana y que se refleja en nuestra muy violenta sociedadâ€, lo que debe modificarse, concluyó. -0- |