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Nota N°. 6934 Estado debe tipificar difusión desautorizada de contenido íntimo sexual: Patricia Ramírez

* La legislación debe tutelar la seguridad de la vida digital de las personas, sostuvo

Palacio Legislativo, 16-10-2020 (Notilegis).– La diputada Martha Patricia Ramírez Lucero (Morena) sostuvo que el Estado debe generar las disposiciones legislativas y administrativas para tipificar y castigar la difusión de contenido íntimo sexual sin consentimiento, como parte de las medidas para garantizar la seguridad y derechos humanos de las mujeres en el espacio cibernético y en la interacción a través de las tecnologías de la información.

En un comunicado, explicó que el auge de internet y su fácil acceso ha trasladado al ecosistema virtual y digital diversas violencias y discriminaciones que nacieron históricamente en contra de grupos desfavorecidos, las cuales deben ser reconocidas como conductas antijurídicas típicas, culpables y punibles, como es el caso de este atropello a la privacidad de las mujeres.

La diputada participó en el foro “Hacia la tipificación como delito de la difusión de contenido íntimo sexual sin consentimiento”, convocado por la Comisión de Justicia.

Recordó que Olimpia Coral Melo Cruz enfrentó un episodio de esta naturaleza y visibilizó la indefensión en que las mujeres se encontraban ante esta clase de violencia, como consecuencia de la inexistencia de un tipo penal que defendiera su causa.

Comentó que el abordaje de ese fenómeno desde una perspectiva de género y el reconocimiento de las luchas feministas, como los activismos del Frente Nacional para la Sororidad, así como de las víctimas, como Melo Cruz, “nos lleva a identificar que en México existe ese ambiente de violencias estructurales y simbólicas en contra de las mujeres, que se traduce en violencias extremas”.

Puntualizó que la legislación que se ha impulsado a nivel local en materia de violencia digital, la "Ley Olimpia" , surge precisamente de la perspectiva de la víctima, pues fueron mujeres las que sufrieron en carne propia la agresión que representa la distribución sin autorización de sus imágenes por medios informáticos, lo que pone de manifiesto su oposición a normalizar lo habitual como algo natural y decidieron comenzar a nombrarlo públicamente.

“Ese y otros motivos son los que nos han impulsado a varios compañeros diputados de esta Comisión ha impulsar que se legisle esta materia”, sostuvo.

Comentó que la vida digital de las personas es un atributo que debe ser tutelado por la legislación, constituyendo en sí una extensión de la dignidad humana que puede ser vulnerada ante la carencia de herramientas jurídicas que permitan a la ciudadanía el pleno ejercicio de sus derechos digitales, de ahí la importancia del encuentro virtual, el cual ayudará a robustecer las perspectivas rumbo a la tipificación del delito.

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