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Nota N°. 9308 Inauguran diputadas de Morena foro “Decisión fundamental: organismos descentralizados del gobiernoâ€
  • Anita Sánchez destaca que se escucharon todas las voces de quienes pueden ser afectados
  • Eugenia Hernández menciona la importancia del tema debido a que en estos días SCJN decidirá lo relativo a la jurisdicción laboral de estos trabajadores

 

Palacio Legislativo, 24-02-2021 (Notilegis).- La diputada Anita Sánchez Castro inauguró el foro “Decisión fundamental: organismos descentralizados del gobiernoâ€, que busca exponer las repercusiones de modificar la jurisprudencia 1-96 que establece que los Organismos Públicos Descentralizados de carácter federal y sus servidores no se rigen por las normas del apartado B del artículo 123 constitucional.

 

Mediante un comunicado, la legisladora reconoció que este ejercicio de Parlamento Abierto es para analizar cómo afectará dicha modificación a trabajadores de órganos autónomos.

 

“Queremos exponer en este foro plural todas las voces de estos organismos descentralizados, centros de investigación e instituciones educativas que pueden ser afectados con esta decisiónâ€.

 

Por su parte, en su intervención, la diputada María Eugenia Hernández Pérez mencionó la importancia de esta situación debido a que en estos días la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debe tomar una decisión relativa a la jurisdicción laboral de trabajadores de Organismos Descentralizados.

 

Destacó que en los últimos años se han dado importantes pasos en materia de reconocimiento pleno de los derechos de los trabajadores, tales como la Reforma laboral que se hace obligatoria la democracia sindical, la libertad de afiliación de los sindicatos colectivos, así como la utilización de elecciones libres.

 

“Éste y otros logros son el marco del cual tiene lugar el proceso que puede derivar en la modificación de la jurisprudencia 1-96 de la SCJNâ€.

 

Explicó que dicha jurisprudencia estableció que es inconstitucional incluir a los Organismos Descentralizados de carácter federal en el artículo 1ro de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, es decir, “que los Organismos Descentralizados no deben regularse por lo establecido en el apartado B del artículo 123 constitucional; en consecuencia, a sus trabajadores deben ser considerados sujetos del apartado Aâ€.

 

El apartado A permite a los trabajadores un mayor margen de organización, libertad, condiciones de negociación de las condiciones de trabajo, revisión de salarios y demás ventajas.

 

Hernández Pérez añadió que todo esto estaría en riesgo si la Corte decide modificar la jurisprudencia 1-96 y regresar a los trabajadores a los Organismos Descentralizados al ámbito del apartado B.

 

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