- Diputadas y diputados de la bancada presentan iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Palacio Legislativo, 18-06-2021 (Notilegis).- Las y los diputados federales del PRI presentaron una iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, respecto a situaciones de emergencia o contingencias sanitarias. En un comunicado, detallaron que la propuesta señala que tanto dependencias como entidades públicas documenten detalladamente razones y criterios que motivaron elegir procedimientos de adjudicación directa sobre otros procedimientos de contratación, y que toda la información que se genere al respecto, asà como polÃticas adoptadas para hacer frente a las situaciones de emergencia y contingencias sanitarias, sean sujeto de obligaciones de transparencia y no podrán adquirir carácter de clasificada. Destacaron que México ha enfrentado momentos de enormes dificultades, ya sea por desastres naturales que generan situaciones de emergencia nacional, o bien, por la pandemia que actualmente agobia la vida de la población, situaciones en las que son necesarios mecanismos de transparencia y rendición de cuentas que permitan a la ciudadanÃa conocer las polÃticas públicas que las autoridades desarrollan para atender las emergencias. Asà como publicitar de manera expedita aquellas contrataciones de bienes y servicios que se requirieron al hacer frente a la situación. Lamentaron que pese a que todos los procesos de contratación son públicos por mandato legal -máxime que se trata del uso y ejercicio de recursos públicos- el Gobierno Federal determinó que lo conducente era reservar por cinco años los contratos suscritos con los laboratorios AstraZeneca, Pfizer/BioNTech y CanSino Biologics, para la obtención de vacunas contra el Covid-19. “La publicidad de la información satisface el interés público de valorar el desempeño, la eficiencia y la eficacia del actuar del Gobierno Federal. En mérito de lo expuesto, es claro que toda aquella información inherente a contrataciones de adquisiciones, arrendamientos y servicios generados con motivo de una situación de emergencia o contingencia sanitaria declarada por una autoridad competente debe ser publicitada; y más importante aún, esta información adquiere el nivel máximo de publicidad, dada la transcendencia en la vida de las personas y el interés público que conllevaâ€, finalizaron. * |