- También deberá cubrir los gastos médicos por la afectación a la salud de los propietarios, señala la diputada de Morena
Palacio Legislativo, 23-11-2021 (Notilegis).- La diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega (Morena) presentó una iniciativa que reforma el artículo 41 BIS 1 de la Ley de Aviación Civil para que las aerolíneas estén obligadas a indemnizar el daño sillas de ruedas y otros aparatos que utilizan las personas con discapacidad, si éstas se dañan en la transportación. La diputada propone que “en caso de daño a los tales instrumentos o aparatos durante la transportación, los concesionarios o permisionarios deberán indemnizar totalmente el daño a los mismos, asimismo deberá cubrir los gastos médicos por la afectación a la salud de las personas derivado de la falta de uso de tales aparatos e instrumentos”. La legisladora especificó que esta propuesta nace luego de la reciente muerte de la activista por los derechos de las personas con discapacidad, Engracia Figueroa, a quien durante un vuelo comercial le fue dañada su silla de ruedas, lo que le ocasionó complicaciones médicas al no poder contar con el aparato que le permitía su movilidad, que finalmente tuvieron como consecuencia su fallecimiento. Expuso que el pasado julio, Engracia Figueroa acudió a la manifestación “Care Can't Wait” en Washington, DC. Posteriormente, viajó de regreso a su hogar ubicado en Los Ángeles, California, donde se dio cuenta que trabajadores de la aerolínea en la que había viajado dañaron accidentalmente su silla de ruedas, misma que costaba alrededor de 30 mil dólares. “La silla estaba especialmente diseñada para ella, quien tenía una lesión en la columna vertebral y una amputación de pierna. Sin ella, Engracia tenía dificultades para mantener el equilibrio y sentarse erguida, por lo que al utilizar otra silla durante cinco horas en el aeropuerto le provocó el desarrollo de una úlcera por presión”, comentó. Como consecuencia, dijo, la activista experimentó un dolor agudo y fue ingresada en el hospital poco después. Celeste Ascencio subrayó que los aparatos e instrumentos que facilitan la vida y movilidad de las personas con discapacidad son parte de su cuerpo, les apoyan en su vida diaria e incluso en algunos casos pueden ser esenciales para mantener su salud. Por lo anterior, las aerolíneas y aeropuertos deben tener el mayor cuidado en el manejo de estos aparatos. En tal sentido, si los particulares concesionarios y permisionarios de servicios aéreos, saben que tienen la obligación de indemnizar al 100 por ciento por los daños a estos aparatos o instrumentos, así como pagar los gastos médicos, tendrán mayor cuidado y protección al transportarlos. “El caso de Engracia Figueroa no es nuevo, y lamentablemente no será el último, salvo que establezcamos un marco legal que obligue a que esto no suceda, incluso en nuestro país ya hay antecedentes judiciales sobre casos similares”, agregó la legisladora. * * * |