- El diputado de Morena plantea reformar la Ley Agraria para que estos nuevos sujetos puedan gozar de la misma calidad jurÃdica que los ejidatarios y formular su lista de sucesores, evitando confusiones y juicios costosos
Palacio Legislativo, 02-10-2021 (Notilegis).- El diputado Arturo Roberto Hernández Tapia (Morena) precisó la necesidad de adecuar el ordenamiento en materia agraria, para que se reconozca a los avecindados, posesionarios y comuneros reconocidos por la asamblea o el tribunal agrario competente, como sujetos agrarios; a fin de darle certeza jurÃdica a la población campesina. En un comunicado, informó que presentó una iniciativa para reformar los artÃculos 17, 18 y 19 de la Ley Agraria, lo que permitirá que estos nuevos sujetos puedan gozar de la misma calidad jurÃdica que los ejidatarios y formular su lista de sucesores, evitando confusiones y juicios costosos. “El campo mexicano es uno de los sectores más importantes de nuestro paÃs, es por ello que, entre otros beneficios, se debe de dotar de seguridad jurÃdica a sus integrantes,†manifestó. El diputado por el Estado de México refirió que en la actualidad la calidad jurÃdica del ejidatario, de acuerdo con lo contemplado por la ley Agraria, ha sido rebasada por la praxis. Por ello, avecindados, posesionarios y comuneros a pesar de ser integrantes de los núcleos agrarios no están en igualdad de condiciones, porque “no cuentan con la personalidad jurÃdica para formular su lista de sucesoresâ€, agregó. Recordó que la lista de sucesores es el instrumento jurÃdico por excelencia para brindar certeza legal a la sucesión de tierras ejidales. Puntualizó que la circular del 2000 emitida por el Registro Agrario Nacional establece que un comunero o avecindado puede realizar lista de sucesores, pero como esta disposición no se encuentra prevista en la legislación agraria no se ha elevado a ley. Situación, indicó, que ha generado confusiones y juicios que además de extensos son muy costosos y en su mayorÃa declarados improcedentes de sucesión, porque los promoventes no cuentan con la calidad de ejidatarios. Ante esto, Hernández Tapia llamó a subsanar el vacÃo legal, porque ahora es el Registro Agrario Nacional, en su calidad administrativa, el que atiende la problemática, tarea que deberÃa ser prioridad del legislativo. “El Poder Legislativo tiene la potestad de otorgarle seguridad jurÃdica a los sujetos agrarios al momento de la sucesión mismos que son posesionarios en materia agraria, siempre y cuando se encuentren reconocidos por la Asamblea Ejidal o Tribunal Agrario competente,†apuntó. * |