Palacio Legislativo, 18-02-2022 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este viernes el decreto que reforma la Ley General de VÃctimas, en materia de asistencia adecuada y especializada para personas vulnerables. Se reformaron el primer párrafo del artÃculo 166; el primer y segundo párrafos del artÃculo 168 y el artÃculo 170 de la Ley General de VÃctimas, y el decreto entrará en vigor este sábado 19 de febrero. La reforma establece que la Comisión Ejecutiva del Sistema Nacional de VÃctimas deberá nombrarle a la vÃctima, a través de la AsesorÃa JurÃdica Federal, un intérprete o traductor lingüÃstico cuando no comprenda el idioma español o tenga discapacidad auditiva, verbal o visual. Añade que tendrá el derecho de que su abogado comparezca a todos los actos en los que ésta sea requerida, y de contar con un intérprete o traductor de su lengua, cuando asà se requiera. Asimismo, las entidades federativas también contarán con intérpretes o traductores lingüÃsticos que darán atención a las vÃctimas. A partir de la entrada en vigor del presente decreto, los Congresos de las entidades federativas contarán con un plazo de 120 dÃas para armonizar su respectiva legislación conforme a lo establecido en el mismo. * |