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Nota N°. 1868 La CNBV debe procurar la inclusi贸n financiera de las personas adultas mayores: Ciria Salom贸n
  • Hoy existe discriminaci贸n, al no poder acceder a un cr茅dito, un seguro o simplemente abrir una cuenta de ahorro, indica la diputada del PVEM

 

Palacio Legislativo, 27-02-2022 (Notilegis).- La diputada Ciria Yamile Salom贸n Dur谩n (PVEM) propuso que la Comisi贸n Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), sea la instituci贸n responsable de vigilar, promover, prevenir y corregir toda pr谩ctica de exclusi贸n que impide la seguridad econ贸mica de los adultos mayores.

 

Por medio de un comunicado asegur贸 que urge frenar en el sistema financiero nacional la discriminaci贸n por motivo de edad.

 

La iniciativa sugiere un art铆culo 23 Bis a la Ley de los Derechos de la Personas Adultas Mayores, para incorporar a la CNBV, 贸rgano desconcentrado de la Secretar铆a de Hacienda y Cr茅dito P煤blico (SHyCP), como instituci贸n encargada de vigilar que se cumpla el derecho a la inclusi贸n financiera de este sector social, es decir, que tenga acceso a productos 煤tiles y asequibles para satisfacer sus necesidades de transacciones, pagos, ahorros, cr茅dito y seguros.

 

鈥淣osotros no s贸lo enfrentamos los problemas propios del deterioro de la salud, la falta de empleo o el rezago tecnol贸gico, sino que adema虂s somos objeto de discriminacio虂n, provocada por la nula orientacio虂n que existe en materia de educacio虂n financiera. Esto significa que si eres una mujer adulta mayor, indi虂gena y habitante de una comunidad rural, pra虂cticamente esta虂s condenada a vivir fuera del sector financiero鈥, reproch贸 Salom贸n Dur谩n.

 

La diputada solicit贸 que la iniciativa de ley, presentada ante el pleno legislativo, se trabaje con la Comisi贸n de Atenci贸n a Grupos Vulnerables para enriquecerla y terminar con toda pr谩ctica de discriminaci贸n, ya sea por razones de edad, origen 茅tnico, g茅nero o condici贸n f铆sica, entre otras.

 

La propuesta mientras tanto, impone a la CNBV cuatro obligaciones puntuales: supervisar que las entidades del sistema financiero brinden los servicios de forma universal, oportuna y efectiva a los adultos mayores; vigilar la instrumentaci贸n de acciones que protejan sus derechos financieros; inspeccionar, prevenir y corregir las pr谩cticas de discriminaci贸n y; garantizar que las entidades aseguradoras y afianzadoras proporcionen la cobertura de sus servicios sin distinci贸n alguna.

 

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