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Boletín N°. 3345 Proponen hasta 60 años de prisión a quien bajo el influjo de alcohol o drogas cause la muerte en accidentes de tránsito
  • Diez entidades reportan más lesiones y decesos por esta causa

 

05-04-2014 Colima, Baja California, Tamaulipas, Nayarit, Aguascalientes, Jalisco, Distrito Federal, Hidalgo, Sinaloa y Sonora, son las entidades que más lesiones y muertes reportan por accidentes automovilísticos relacionados con el consumo de drogas y alcohol, denunció el diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela (PAN).

 

 

El también integrante de la Comisión de Derechos Humanos, precisó que de acuerdo con la Secretaría de Salud mueren al año más de 24 mil personas en accidentes de tránsito y más 40 mil quedan con discapacidad permanente. Además, estos percances son la primera causa de muerte en niños y jóvenes de entre 5 y 35 años de edad.

 

 

Por ello, propondrá la adición de un artículo 315 bis 1 al Código Penal Federal para sancionar con 30 a 60 años de prisión las lesiones y el homicidio causados en un accidente de tránsito, donde el responsable esté bajo los influjos de bebidas etílicas, a partir de una ebriedad moderada (150 miligramos de alcohol en la sangre) o bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas o sintéticas.

 

Castaños Valenzuela resaltó que según datos del Centro de Integración Juvenil, dependiente de la Secretaría de Salud, el 80 por ciento de los accidentes de tránsito está asociado con la presencia de alcohol o drogas ilícitas en los involucrados.

 

 

La ebriedad, expuso, se agrupa en cuatro grados: la leve o primer grado (entre 50 y 149 miligramos de alcohol en la sangre); la moderada o segundo grado (entre 150 y 299 miligramos); la severa o de tercer grado (entre 300 a 399 miligramos) y la grave o de cuarto grado (arriba de los 400 miligramos).

 

Refirió que según expertos, se puede conducir aceptablemente entre los 50 y 100 miligramos, en tanto que a partir de la embriaguez moderada, el efecto tóxico afecta de manera importante la capacidad motora, visual y de reacción del sujeto, además de que se presenta la exaltación de la libido, marcada con cierto grado de ataxia y somnolencia.

 

La conducción de un vehículo motor en cualquier grado de intoxicación por enervantes, psicotrópicos u otra droga no permitida, tiene efectos mayores a los del alcohol. Del 2002 a 2011 se incrementó el consumo de drogas ilegales en la población adulta de 18 a 35 años de edad, pasando de 1.9 por ciento a 2.8 por ciento de la población, detalló.

 

Carlos Humberto Castaños indicó que las penas imputadas a conductores en estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas ilícitas, varían en el mundo y, en el caso mexicano, las legislaciones locales adoptan medidas diversas al respecto.

 

Por ello, dijo, se busca sancionar con mayor rigor a quien encontrándose en segundo grado de ebriedad o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, cause lesiones o prive de la vida a otro por consecuencia de conducir, operar o maniobrar un vehículo motorizado en esas condiciones.

 

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