- Informa Conagua a diputados que con una NOM se podrá preservar la calidad del agua en los sistemas freáticos
15-04-2014.- La Comisión Nacional del Agua (Conagua) informó a la Cámara de Diputados que la contaminación de los cenotes y rÃos subterráneos del paÃs puede afectar los manglares, humedales, acuicultura y playas, con serio impacto ambiental y turÃstico. En respuesta a un punto de acuerdo, para que la SecretarÃa de Medio Ambiente y Recursos Naturales emita una Noma Oficial Mexicana (NOM), la Conagua consideró que dicha norma es necesaria para regular el desarrollo sustentable y preservar la calidad del agua en los sistemas kársticos (freáticos). Indicó que los terrenos kársticos son excelentes receptores de recarga por su gran capacidad de infiltración; en el subsuelo, transmiten el agua infiltrada a través de la red de conductos, por la cual transitan verdaderos rÃos subterráneos que alimentan a los acuÃferos subyacentes. Suelen ser muy favorables para la captación del agua subterránea, por su gran transmisividad, que se traduce en pozos de alto caudal y rendimiento. Además, puntualizó que los cenotes juegan un papel importante en la contaminación de los acuÃferos, pues los de mayor tamaño son utilizados como atractivos turÃsticos o balnearios, tiraderos de basura o como cuerpos receptores de aguas residuales. Los de menor dimensión, agregó, son receptores de aguas residuales y propician la contaminación difusa generada por el retorno de agua utilizada en las zonas agrÃcolas y pecuarias. Aseguró que el mayor riesgo de esos acuÃferos no es la sobreexplotación sino la contaminación, y a ello se suma el impacto del cambio climático, que provocarÃa el ascenso del nivel del mar, invadiendo extensas áreas costeras y provocando el adelgazamiento del acuÃfero dulce. Indicó que para la elaboración de la NOM se debe formar un grupo de trabajo coordinado por la Gerencia de Normatividad, adscrita a la Subdirección General de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento de la Conagua. Además, mencionó, se requieren medidas correctivas o preventivas, a fin de proteger la calidad del agua subterránea entre esta Comisión y la ProcuradurÃa Federal de Protección al Ambiente, las cuales deben ser incluidas en los planes estatales o regionales de desarrollo. En un documento publicado en la Gaceta Parlamentaria, la Conagua aseguró que algunas medidas a considerarse como parte de esta NOM son: ordenamiento territorial atendiendo a la vulnerabilidad del acuÃfero y a la capacidad contaminante de los proyectos de desarrollo futuros o existentes; establecimiento de zonas locales o regionales de protección de las captaciones de agua subterránea para consumo humano; lineamientos generales para la ubicación, construcción, diseño, equipamiento y operación de pozos, rellenos sanitarios y fosas sépticas. De igual modo, instrumentación y monitoreo de la calidad del agua subterránea, que considere los aspectos relacionados con el cambio climático; declaración de zonas de reserva para el abasto de agua a los centros mayores de población; análisis de la viabilidad de construir diques subterráneos para protección contra la intrusión salina, y para propiciar el incremento del espesor de agua dulce en las fajas costeras. También, establecer en la Ley Federal de Derechos gravámenes sobre uso de aguas salobres, saladas y descargas de aguas residuales; manejo de la cobertura vegetal y limpieza de los cenotes mayores, y desarrollo de modelos para el análisis de sistemas de flujo y transporte de contaminantes en ese tipo de acuÃferos. La Conagua precisó que históricamente, los acuÃferos de la penÃnsula yucateca han sido utilizados como la principal y casi la única fuente de abastecimiento de agua para todos los usos, y constituyen una de las fuentes más importantes del paÃs, porque la topografÃa plana, la capacidad de infiltración y la precipitación pluvial abundante, propician una cuantiosa recarga, mucho mayor que la demanda actual y la previsible a largo plazo. Sin embargo, aclaró que en cuanto a su calidad, los acuÃferos son muy vulnerables a la contaminación antropogénica y a la intrusión marina, debido a que esas rocas no tienen capacidad natural para atenuar contaminantes, como la mayorÃa de los acuÃferos granulares continentales, que actúan como una eficiente planta de tratamiento natural. Cabe precisar que el pasado 6 de febrero, la Cámara de Diputados a través de un acuerdo de la Junta de Coordinación PolÃtica (Jucopo), solicitó a la SecretarÃa de Medio Ambiente y Recursos Naturales emitir una NOM a propuesta de la Conagua y del Instituto Nacional de AntropologÃa e Historia, para regular el uso, aprovechamiento y control de sistemas kársticos en México. -- ooOoo -- |